Micelio
Sentencia de Tutela16 de mayo de 2016

T-237 de 2016

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Celestina Cossio De Garcia·Demandado Colpensiones

Tema · dato duro
Derecho De Peticion En Materia Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Colpensiones ordenó pago de mesadas pensionales e inclusión en nómina de la accionante
  • No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
Derecho De Petición
  • Alcance y contenido
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atribuye a Colpensiones la vulneración de derechos fundamentales de la actora, como consecuencia de no contestar una solicitud presentada por ella en el año 2015 y, por no dar cumplimiento a una sentencia judicial previa dentro de un proceso ordinario laboral, que le ordenaba incluirla en la nómina de pensionados y pagar las mesadas e intereses de ley.

Se aborda temática relacionada con el contenido y alcance del derecho fundamental de petición y la procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento de prestaciones económicas.

En sede de revisión, la Sala constató que la entidad emitió Resolución que ordenaba la inclusión en nómina y el pago de las mesadas y por ello, decidió declarar la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO.

No obstante, verificó que se presentó una vulneración de la garantía constitucional del derecho de petición de la actora, en tanto la solicitud radicada en el año 2015 no fue respondida en los términos de ley.

Por tal motivo, previno a Colpensiones para que en adelante se abstenga de incurrir en conductas como la presente y cumpla de manera oportuna con las órdenes emitidas por autoridades judiciales en temas pensionales, máxime cuanto se trate de adultos mayores que dependen de dicha prestación para suplir su mínimo vital.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado en la presente accion de tutela.
  2. Segundo. PREVENIR a COLPENSIONES a que en adelante se abstenga de incurrir en conductas como las que dieron origen a la presentacion de esta accion de tutela y cumpla de manera oportuna con las ordenes emitidas por autoridades judiciales en temas pensionales, maxime cuando se trate de adultos mayores que dependen de dicha prestacion para suplir su minimo vital.
  3. Tercero. Por Secretaria General librar las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.