Micelio
Sentencia de Tutela8 de julio de 2020

T-231 de 2020

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Rafael Enrique Corcho Rada·Demandado Banco Popular

Tema · dato duro
Suspension En El Pago De Mesadas Pensionales Por Exigencia De Sentencia De Interdiccion, Vulnera Derechos Fundamentales De Personas En Situacion De Discapacidad
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Proteccion De Personas Con Discapacidad Mental
  • Caso en que Banco suspendió pago de mesadas pensionales, al exigir providencia judicial en la que se designara a un curador para continuar con el pago
  • Marco jurídico constitucional y legal colombiano
Juez De Tutela
  • Deber de notificar en debida forma las providencias que profiera
Acción De Tutela Y Requisito De Subsidiariedad
  • Flexibilidad en caso de sujetos de especial protección constitucional
Derecho Al Goce Efectivo De La Mesada Pensional
  • Vulneración al mínimo vital y a la vida digna por parte de banco que suspendió pago hasta que se nombrara curador provisional a persona en situación de discapacidad mental absoluta
Notificacion De Accion De Tutela
  • Jurisprudencia constitucional
Notificacion
  • Debe surtirse en debida forma y de manera eficaz
8 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El accionante, actuando en representación de una hermana que tiene 70 años de edad y que presenta una discapacidad mental y de lenguaje severa, considera que el Banco Popular vulneró derechos fundamentales de su familiar, al suspender el pago de la sustitución pensional que percibía periódicamente desde años atrás y, supeditar su reactivación, a la presentación de una providencia judicial en la que se designara a un curador.

Se analiza temática relacionada con la imposibilidad de exigir fallo de interdicción para el pago de una mesada pensional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1996 de 2019 y los estándares constitucionales desarrollados al respecto por la Corte Constitucional.

Se CONCEDE el amparo invocado y se ordena a la entidad bancaria cancelar las mesadas adeudadas y continuar realizando efectivamente el pago de las mismas, sin exigir ningún tipo de requisito adicional a los establecidos por la ley o que desconozcan la capacidad jurídica de la agenciada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. Por las razones presentadas en este fallo, REVOCAR la sentencia del 2 de septiembre de 2019 proferida por el Juzgado Catorce Civil Municipal de Barranquilla y, en su lugar, AMPARAR los derechos al minimo vital y a la seguridad social de la senora Maria Concepcion Corcho Rada, en el marco de la accion de tutela presentada por el senor Rafael Corcho Rada en contra del Banco Popular.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Banco Popular que, en el termino de 3 dias contados a partir de la notificacion de esta providencia, si aun no lo ha hecho, proceda a pagar a la senora Maria Concepcion Corcho Rada el total de los valores girados por Colpensiones en junio de 2020, asi como que continue realizando efectivamente el pago de sus mesadas pensionales, sin exigir ningun tipo de requisito adicional a los exigidos por la ley o que desconozca su capacidad juridica.
  3. TERCERO. ORDENAR a Colpensiones que, en el termino de 3 dias contados a partir de la notificacion de esta sentencia, si aun no lo ha hecho, realice el pago de los aportes a salud de la senora Maria Concepcion Corcho Rada que estuvieren pendientes de pago, con miras a garantizar la reactivacion efectiva de la prestacion de este servicio.
  4. CUARTO. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por20
T-509/24Accesibilidad, Continuidad E Integralidad De La Salud-Tecnologías, Medicamentos Y Servicios Ordenados Por El Médico Tratante (Exoneración De Copagos Y Cuotas Recuperadoras, Asignación De Cuidador O Enfermera, Transporte Urbano/Intermunicipal, Entre Otros).T-447/24Derecho A La Capacidad Legal Y Seguridad Social En Pensiones-Sistema De Apoyos Y Proceso De Revisión De Sentencias De Interdicción Judicial. Reconocimiento Prestacional A Personas Con Capacidades Diversas.T-379/24Tutela Contra Decisiones De La Justicia Indígena-Vulneración Del Debido Proceso En Su Faceta De Juez Natural (Defecto Orgánico). Irregularidad En El Derecho A La Defensa (Defecto Materia) Delito De Desaparición Forzada.T-295/24Derechos Al Debido Proceso Administrativo, Vida Digna, Mínimo Vital Y Seguridad Social-Reconocimiento De La Pensión De Sobrevivientes (Hijo Mayor De Edad Con Esquizofrenia). Fecha De Estructuración De La Invalidez.T-174/24Derecho A La Dignidad Y No Discriminación De La Población Lgtbiq+ Privada De La Libertad-Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente (Terminó La Relación Sentimental). Acto Administrativo Que Disponía Traslado Estaba Motivado.T-146/24Derechos Al Debido Proceso, A La Partición, Al Mínimo Vital Y Alimentación De La Población Campesina En El Marco Del Plan Nacional Integral De Sustitución De Cultivos De Uso Ilícito-Vulneración. Incumplimiento Generalizado De Componentes De Los Acuerdos Colectivos Pactados.
Ver las 20

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.