Micelio
Sentencia de Constitucionalidad13 de noviembre de 2002Sala Plena

C-983 de 2002

Ponente Jaime Córdoba Triviño

✓Demandante Alonso Valencia Salazar

✓
Tema · dato duro
Persona Sorda Y Muda. Capacidad Para Negociar A Quienes Puedan Darse A Entender
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Discapacitado
  • Igualdad real y efectiva
  • Convenios internacionales de protección
Incapacidad
  • Clasificación
  • Finalidad de su institución
Persona Sorda Y Muda
  • Capacidad para negociar a quienes puedan darse a entender
  • Circunstancias no lo convierte en incapaz absoluto
  • Desarrollo normal en el campo laboral y educativo
  • Formas de comunicarse
  • Indice intelectual igual que las oyentes
  • Actos tienen eficacia jurídica al darse a entender
  • Celebración de negocios
Sordomudo
  • Avance científico y tecnológico en enseñanza y formación
Tutela Y Curaduria
  • Ejercicio
  • Significado
Capacidad
  • Regla general
  • Significado en sentido general
Derecho A La Igualdad
  • No diferenciación por lengua
Incapaces
  • Protección de intereses
Principio De Dignidad Humana
  • Sujeción a prueba para determinar grado de inteligencia
15 temas · 24 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo civl.

Arts. 62 432 y 1504 (ps.).

Celebracion de negocios por personas incapaces.

Patria potestad conjunta.

Curaduria de sordomudos.

Capacidad para ser sujeto de derechos y obligaciones.

Incapacidad y guarda.

Proteccion a discapacitados.

Estado social de derecho

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1504Ley 84/73INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«Por escrito.»
Art. 432Ley 84/73 «sordomudo»EXEQUIBLE
Art. 560Ley 84/73INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«por escrito" e "y tuviere suficiente inteligencia»
Art. 62Ley 84/73INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«por escrito»
Art. 1504Ley 57/87INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«sordomudo»
Art. 432Ley 57/87INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«sordomudo»
Art. 560Ley 57/87INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«y tuviere suficiente inteligencia»
Art. 62Ley 57/87INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«sordomudo»
Art. 432Decreto 1400/70EXEQUIBLE
Art. 62Decreto 1400/70EXEQUIBLE
Art. 1Decreto 2820/74 «sordomudos»EXEQUIBLE
11 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE la palabra "sordomudo" contenida en los articulos 62, 432 y 1504 del Codigo Civil, e INEXEQUIBLE la expresion "por escrito" contenida en los articulos 62, 432, 560 y 1504 del mismo Codigo.
  2. Segundo. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "y tuviere suficiente inteligencia", contenida en el articulo 560 del Codigo Civil.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.