Micelio
Sentencia de Constitucionalidad13 de noviembre de 2002Sala Plena

C-983 de 2002

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Alonso Valencia Salazar

Tema · dato duro
Persona Sorda Y Muda. Capacidad Para Negociar A Quienes Puedan Darse A Entender
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Discapacitado
  • Igualdad real y efectiva
  • Convenios internacionales de protección
Incapacidad
  • Clasificación
  • Finalidad de su institución
Persona Sorda Y Muda
  • Capacidad para negociar a quienes puedan darse a entender
  • Circunstancias no lo convierte en incapaz absoluto
  • Desarrollo normal en el campo laboral y educativo
  • Formas de comunicarse
  • Indice intelectual igual que las oyentes
  • Actos tienen eficacia jurídica al darse a entender
  • Celebración de negocios
Sordomudo
  • Avance científico y tecnológico en enseñanza y formación
Tutela Y Curaduria
  • Ejercicio
  • Significado
Capacidad
  • Regla general
  • Significado en sentido general
Derecho A La Igualdad
  • No diferenciación por lengua
Incapaces
  • Protección de intereses
Principio De Dignidad Humana
  • Sujeción a prueba para determinar grado de inteligencia
15 temas · 24 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo civl.

Arts. 62 432 y 1504 (ps.).

Celebracion de negocios por personas incapaces.

Patria potestad conjunta.

Curaduria de sordomudos.

Capacidad para ser sujeto de derechos y obligaciones.

Incapacidad y guarda.

Proteccion a discapacitados.

Estado social de derecho

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1504Ley 84/73INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«Por escrito.»
Art. 432Ley 84/73 «sordomudo»EXEQUIBLE
Art. 560Ley 84/73INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«por escrito" e "y tuviere suficiente inteligencia»
Art. 62Ley 84/73INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«por escrito»
Art. 1504Ley 57/87INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«sordomudo»
Art. 432Ley 57/87INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«sordomudo»
Art. 560Ley 57/87INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«y tuviere suficiente inteligencia»
Art. 62Ley 57/87INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«sordomudo»
Art. 432Decreto 1400/70EXEQUIBLE
Art. 62Decreto 1400/70EXEQUIBLE
Art. 1Decreto 2820/74 «sordomudos»EXEQUIBLE
11 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE la palabra "sordomudo" contenida en los articulos 62, 432 y 1504 del Codigo Civil, e INEXEQUIBLE la expresion "por escrito" contenida en los articulos 62, 432, 560 y 1504 del mismo Codigo.
  2. Segundo. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "y tuviere suficiente inteligencia", contenida en el articulo 560 del Codigo Civil.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.