T-201 de 2007
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Erica Paola Pacheco Larios Como Agente Oficiosa De Su Hijo Vs Saludcoop
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Gastos de transporte del menor cuadrapléjico y de su acompañante para adelantar exámenes y tratamiento médico
- Protección preferente
- Atención integral y continua
- Fundamental autónomo
- Protección integral
- Casos en que procede pago de transporte para paciente y acompañante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud de menor afiliado del regimen contributivo de seguridad social en salud que padece paralisis cerebral espastica (cuadriplejia espastica) que reside en la ciudad de santa marta y a quien le fueron practicadas multiples cirugias en miembros inferiores en el instituto infantil roosevelt de la ciudad de bogota requiriendo su desplazamiento para continuar con el tratamiento formulado pero la entidad se niega a reconocerle los gastos de desplazamiento no contando con los recursos para el efecto.solicita se ordenel reconocimiento de los gastos de desplazamiento del menor y un acompañante para continuar con el tratamiento requerido.alcance del derecho fundamental a la salud de niñas y niños con discapacidad.
El principio de integralidad y el principio de continuidad en la prestacion del servicio publico de salud.
Reiteracion de jurisprudencia sobre el cubrimiento de servicios de transporte en el sistema de seguridad social en salud.el traslado de pacientes de su domicilio a la institucion donde debe ser prestado el servicio de salud corresponde en primer termino al usuario o en virtud del principio de solidaridad a sus familiares.
No obstante en casos especiales es posible que las eps o ars asuman gastos de traslado de manera excepcional.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Santa Marta, por la cual nego la tutela promovida por Erica Paola Pacheco Larios como agente oficiosa de su hijo Keiler Andres Sanguino Pacheco contra Saludcoop EPS y en su lugar CONCEDER la proteccion del derecho fundamental a la salud del menor.
- Segundo. ORDENAR a Saludcoop E.P.S. que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de este fallo proceda a realizar las diligencias necesarias para garantizar el traslado del nino Keiler Andres Sanguino Pacheco y una o un acompanante del mismo a la ciudad de Bogota, a fin de que se lleve a cabo el examen computarizado de la marcha, el retiro material de osteosintesis y los demas tratamientos que requiera, en la periodicidad senalada por el medico tratante y que no puedan ser practicados en la ciudad de Santa Marta.
- Tercero. LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.