Micelio
Sentencia de Tutela2 de mayo de 2003

T-350 de 2003

Ponente Jaime Córdoba Triviño

✓Demandante Salomon Salas Naranjo Vs. Cajanal

✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud De Menor De Edad Con Sindrome De West. Accesibilidad. Solicitud Atencion Medica. Transporte Paciente Y Acompañante A Bogota Para Controles De Neuropedriatia Prescritos Por Medico Tratante. Deber De Solidaridad. Accion De Repeticion. Con
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Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Del Menor
  • Accesibilidad como requisito inherente al ejercicio efectivo de este derecho
  • Casos en que procede pago de transporte para acompañante
Deber De Solidaridad Social Del Estado
  • Debe estar probada la falta de recursos económicos del paciente o sus familiares
  • Supuestos fácticos para aplicar regla jurisprudencial sobre excepción
Entidad Promotora De Salud
  • Transporte de acompañante de paciente menor de edad para atención médica en otra ciudad
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 2 de diciembre de 2002 por el Juzgado Penal del Circuito de Leticia (Amazonas) y en su lugar TUTELAR el derecho fundamental a la atención en salud del niño Oscar David Salas Revelo.
  2. Segundo. ORDENAR al representante legal de Cajanal, entidad promotora de salud, que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación del presente fallo, proceda a realizar las diligencias necesarias para garantizar el traslado del acompañante del menor Salas Revelo a la ciudad de Bogotá D.C., a fin de que se realicen los controles médicos requeridos, de acuerdo con lo ordenado por su médico tratante.
  3. Tercero. SEÑALAR que a Cajanal E.P.S. le asiste el derecho de repetir lo que pague en cumplimiento de este fallo ante la Subcuenta respectiva del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Fosyga), pago que deberá verificarse en el término de treinta (30) días contados a partir de la respectiva solicitud.
  4. Cuarto. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
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La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por123
T-323/24Uso De Herramientas De Inteligencia Artificial Generativas Para La Toma De Decisiones-Garantía De Tratamiento Integral Para Niños, Niñas Y Adolescentes Con Diagnóstico De Trastorno Del Espectro Autista (Suministro De Trasporte, Exoneración De Copagos Y Cuotas Recuperadoras).T-316/24Accesibilidad, Continuidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Servicios Y Tecnologías Ordenadas Por El Médico Tratante (Transporte Urbano-Intermunicipal, Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes).T-252/24Principios De Accesibilidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Servicios, Medicamentos Y Tecnologías Ordenadas Por El Médico Tratante (Transporte Urbano/Intermunicipal, Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes, Pañales, Silla De Ruedas, Asignación De Cuidador O Enfermera, Entre Otros).T-586/23Principios De Accesibilidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Servicios De Transporte (Urbano/Intermunicipal), Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes.T-226/23Principios De Accesibilidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Servicios De Transporte (Urbano/Intermunicipal), Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes, Cumplimiento Obligatorio De Las Sentencias De Unificación.T-202/23Derecho A La Salud Y Educación Inclusiva De Niños, Niñas Y Adolescentes- Suministro De Transporte Urbano, Garantía De Tratamiento Integral Para Menor Con Autismo. Acompañamiento E Implementación De Plan Individual De Ajustes Razonables.
Ver las 123 →

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.