T-200 de 2007
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Georgina Alvarez Lara En Representacion De Su Hija Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Gastos de transporte del menor y su acompañante para adelantar los controles médicos de la enfermedad de pubertad precoz
- Fundamental
- Contenido
- Fundamental autónomo
- Casos en que procede pago de transporte para paciente y acompañante
- Cumplimiento por el Estado de cuatro ineludibles obligaciones en materia de salud
- Precedente jurisprudencial en materia de salud
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud de menor que padece pubertad precoz y reside en la ciudad de monteria por lo que tiene que desplazarse a los chequeos medicos cada tres meses a la ciudad de cartagena pero no cuenta con los recursos para atender los gastos de manutencion y desplazamiento siendole estos servicios negados por la entidad.solicita se ordene el cubrimiento de los gastos de manutencion y transporte de la menor y un acompañante para efectos de los controles programados a la ciudad de cartagena.el derecho a la salud.
Las ineludible obligaciones del estado contenidas en el articulo 12 del pacto internacional de derechos economicos sociales y culturales que consagra el derecho a la salud.
El derecho a la salud de los niños.
Doctrina constitucional sobre el cubrimiento de los gastos de traslado de pacientes y sus acompañantes por eps como procedimientos excluidos del pos.
Carga de la prueba en la accion de tutela.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Monteria y, en consecuencia, conceder el amparo del derecho fundamental a la salud de la menor Mary Cecilia Negrete Alvarez.
- Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que dentro de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta providencia, proceda a autorizar los gastos de transporte y manutencion de la menor y de un acompanante a la ciudad de Cartagena, lugar en el cual se adelantan los controles medicos con una periodicidad de tres meses.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.