Micelio
Sentencia de Tutela21 de septiembre de 2006

T-799 de 2006

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Blanca Doly Rengifo Correa Como Agente Oficiosa De Su Hijo Vs. Cafesalud Ars

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud de menor beneficiario del regimen subsidiado que padece el sindrome convulsivo y fue remitido a atencion especializada por neurologia pero la entidad se niega a autorizar dichos servicios aduciendo que se encuentran excluidos del poss.

Solicita se ordene la fijacion de fecha de consulta con neurologo y se le brinde el tratamiento requerido.

Alcance de la proteccion constitucional del derecho a la salud de los niños.

El derecho a la salud permite realizar la vida en condiciones dignas e implica prestaciones tanto para el estado como para los particulares quienes deben responder con prontitud y eficacia los servicios que les son solicitados.

Reiteración de jurisprudencia constitucional sobre servicios no contemplados en el plan obligatorio de salud subsidiado.

La protección constitucional del derecho a la salud prevalece en el caso de los niños y las entidades que integran el sistema general de seguridad social en salud -sgsss- tanto en el régimen contributivo como en el régimen subsidiado debe prestar servicios de salud con arreglo al principio de solidaridad y universalidad.

Accion de repeticion contra la direccion territorial de salud de caldas.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Palestina Caldas, por la cual nego la tutela promovida por Blanca Doly Rengifo Correa como agente oficiosa de su hijo Jhonathan Duque Rengifo contra Cafesalud ARS con citacion oficiosa de la Direccion Territorial de Salud de Caldas y en su lugar CONCEDER la proteccion del derecho fundamental a la salud del menor.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a Cafesalud ARS que en el termino de 48 horas siguientes a la notificacion de este fallo, realice las gestiones necesarias para brindar la atencion medica especializada por neurologia que requiere Jhonathan Duque Rengifo y el tratamiento integral que en adelante sea necesario aun cuando no se encuentre incluido en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado -POSS-.
  3. TERCERO. AUTORIZAR a Cafesalud ARS a reclamar a la Direccion Territorial de Salud de Caldas los gastos asumidos por la atencion medica especializada y demas tratamientos en la medida en que los servicios medicos brindados no esten incluidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado -POSS-.
  4. CUARTO. ORDENAR a Cafesalud ARS que en el futuro continue prestando la atencion medica integral que solicite el menor Jhonathan Duque Rengifo para el tratamiento de la enfermedad Sindrome Convulsivo o de otras que padezca en calidad de afiliado al regimen de seguridad social en salud subsidiado, sin que sean exigidos copagos por la atencion medica que le sea brindada.
  5. QUINTO. INAPLICAR en este caso, la regulacion contenida en el articulo 18 del Decreto 2357 de 1995 sobre las cuotas de recuperacion.
  6. SEXTO. LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.