Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de octubre de 1998Sala Plena

C-542 de 1998

Ponente Hernando Herrera Vergara

Demandante Oscar Hernando Lara Melo

Tema · dato duro
Ley 100/93. Art. 187. Pagos Y Cuotas Moderadoras. Exequible Salvo Una Expresion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sistema De Seguridad Social En Salud
  • Facultad legislativa para establecer régimen jurídico
Pagos Compartidos Y Cuotas Moderadoras En Salud
  • Constitucionales por estratificación socioeconómica
7 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 187Ley 100/93 «y la antigüedad de afiliación en el Sistema- contenido en inciso 2»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLE el artículo 187 de la Ley 100 de 1.993, bajo el entendido de que si el usuario del servicio no dispone de los recursos económicos para cancelar las cuotas moderadoras o controvierte la validez de su exigencia, el Sistema y sus funcionarios no le pueden negar la prestación íntegra y adecuada de los servicios médicos, hospitalarios, quirúrgicos, asistenciales y de medicamentos que requiera, sin perjuicio de los cobros posteriores con arreglo a las normas vigentes, salvo la expresión " y la antigüedad de afiliación en el Sistema" contenida en el inciso 2o. de ese mismo artículo 187, la cual se declara INEXEQUIBLE.
  4. Segundo. Los recursos provenientes de los pagos moderadores a que se refiere el inciso 3o. del artículo 187 de la Ley 100 de 1.993, declarado exequible en el numeral anterior, se entiende que son recursos parafiscales, en los términos de esta sentencia.
  5. En consecuencia por unidad normativa declárase EXEQUIBLE el parágrafo 1o. del artículo 182 de la Ley 100 de 1.993.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por166
T-509/24Accesibilidad, Continuidad E Integralidad De La Salud-Tecnologías, Medicamentos Y Servicios Ordenados Por El Médico Tratante (Exoneración De Copagos Y Cuotas Recuperadoras, Asignación De Cuidador O Enfermera, Transporte Urbano/Intermunicipal, Entre Otros).T-422/24Derechos A La Salud, Vida Digna Y Seguridad Social- Suministro Y Valoración Del Servicio De Cuidador. Reglas Jurisprudenciales. Traslado A Ips De Cuarto Nivel Para Tratamiento En La Especialidad De Hepatología.T-285/24Accesibilidad, Continuidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Servicios, Medicamentos (Clonazepan Y Morfina) Y Tecnologías Ordenadas Por El Médico Tratante (Transporte Urbano/Intermunicipal, Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes, Exoneración De Copagos Y Cuotas Recuperadoras, Entre Otros).T-159/24Principios Del Derecho A La Salud Y Derecho Al Diagnóstico-Servicio De Transporte, Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes. Derecho A La Educación Inclusiva-Apoyo Escolar Para Niños, Niñas Y Adolescentes (Tutor Sombra). Reiteración JurisprudencialT-202/23Derecho A La Salud Y Educación Inclusiva De Niños, Niñas Y Adolescentes- Suministro De Transporte Urbano, Garantía De Tratamiento Integral Para Menor Con Autismo. Acompañamiento E Implementación De Plan Individual De Ajustes Razonables.T-401A/22Principios De Accesibilidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Cubrimiento Del Servicio De Transporte Intramunicipal Para Acceder Al Tratamiento Médico De Pacientes Ambulatorios.
Ver las 166

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.