C-791 de 2002
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Diego De Luque Varela
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Consideración de elementos empíricos
- Entrega directa de recursos
- Asignación de funciones de promoción y prevención
- Replanteamiento en competencias
- Límites formal y material
- Intervención legislativa no la obstaculiza
- Atribución legislativa de delimitación de elementos estructurales
- Determinación del porcentaje de la UPC-S transferido a entes territoriales para promoción y prevención de enfermedades
- Cotizaciones son contribuciones parafiscales
- Participación de particulares mediante EPS y ARS
- Regímenes
- Reserva de ley
- Establecimiento legislativo de reparto de competencias entre promoción y prevención y la atención curativa
- Traslado de competencia en actividades de promoción y prevención
- Traslado de funciones de promoción y prevención de las ARS a entes territoriales
- Cumplimiento de un deber constitucional y reglamentación de un derecho prestacional
- Nuevo reparto de competencias entre entidades territoriales, Nación y ARS
- Actividades de promoción y prevención por distritos y municipios
- Connotaciones
- Diseño legislativo y realización progresiva
- Ampliación progresiva del servicio
- Porcentaje de UPC-S que se destinará a actividades de promoción y prevención
- Definición del porcentaje por UPC-S que se trasladará a entes territoriales
- Proporción de UPC-S para entes territoriales de acuerdo con competencias transferidas y no inferior al cincuenta por ciento
- Naturaleza
- Naturaleza de recursos
- Participación de entidades privadas en promoción y prevención aún cuando no sea en la totalidad
- Papel primordial del legislador
- Intensidad
- Papel de las ARS
- Separación de actividades de promoción y prevención de los servicios curativos
- Participación de particulares
- Determinación legislativa de elementos estructurales
- Distribución de recursos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 715 de 2001.
Art. 46 (p.).
Distribucion recursos y competencias entre la nacion y entidades territoriales.
Acto legislativo 01 de 2001.
Prestacion servicios de educacion y salud.
Competencias en salud publica.
Acciones de promocion y prevencion
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 715/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE el inciso 2o del articulo 46 de la ley 715 de 2001, bajo el entendido que mientras el legislador no senale los criterios especificos, la proporcion de la UPC-S que fije el CNSSS para las entidades territoriales debe ser fijada de acuerdo a las competencias transferidas, sin que en ningun caso ellas reciban un monto inferior al cincuenta por ciento (50%) de los recursos destinados para las actividades de promocion y prevencion en salud.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.