T-310 de 2006
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Maria Helda Perez En Representacion De Su Hija Vs. Hospital De La Misericordia Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Casos en que se debe prescindir de los copagos y cuotas moderadoras
- Prueba de la incapacidad económica para asumir costo del medicamento
- No pueden convertirse en una barrera para el acceso a los servicios de salud cuando el usuario no está en la capacidad de sufragar su costo
- Prestación de tratamiento médico sin exigir copagos
- Protección especial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho de los niños la vida digna la salud y la seguridad social de menor beneficiaria del regimen subsidiado que padece anemia hemolitica de celulas falciformes quien ha venido siendo atendida y practicándosele los examenes y procedimientos a lugar pero le exigen el pago de los copagos no disponiendo de capacidad economica para el efecto.
Solicita se exonere del pago de los copagos que le exigen.
El régimen subsidiado de salud la cancelación de copagos y la incapacidad económica de sus beneficiarios.
La vinculación al sisben es el resultado de un análisis ponderado de datos mediante el mecanismo de encuesta que da como resultado la ubicación en uno de los niveles de pobreza preestablecidos en tal sistema lo cual tiene el objeto de canalizar las diversas ayudas que a dicha población deban otorgarse que no es otra cosa que la simple aplicación de principios como el respeto de la dignidad humana y la prevalencia del interés general.
Se verifica la situación de vulnerabilidad frente a la que se encuentra la menor dada la situación económica de su madre y ante todo la necesidad en la continuidad del tratamiento.
Accion de repeticion contra fosyga.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas en el proceso de la referencia por el Juzgado Veintiseis Civil del Circuito Bogota D.C. y el Juzgado Veintisiete Civil Municipal de la misma ciudad, en consideracion a las razones anteriormente expuestas, y, en consecuencia, amparar los derechos fundamentales de los ninos, a la vida digna, a la salud y a la seguridad social de la menor Linda Brigitte Martinez Perez.
- SEGUNDO. ORDENAR a la A.R.S. CAFAM la prestacion del tratamiento requerido para atender la enfermedad de la menor Linda Brigitte Martinez Perez y exonerar a la peticionaria de la cancelacion de copagos en lo referente al mismo.
- TERCERO. Se autoriza a la A.R.S CAFAM a repetir contra el FOSYGA el valor de los gastos adicionales en que incurra, con el fin de mantener el equilibrio financiero del sistema.
- CUARTO. LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.