T-123 de 2015
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Angel Guerrero Chiquillo·Demandado Juzgado Cuarto Municipal De Pequeñas Causas Laborales De Barranquilla
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Improcedencia por cuanto no se desconoció el precedente constitucional sobre la imprescriptibilidad del derecho fundamental a la seguridad social, dentro de proceso ordinario laboral
- Formas en que puede ser desconocida la jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso.
Tutela contra providencia judicial.
Se demanda en sede de tutela la decisión judicial proferida dentro de un proceso ordinario laboral iniciado por el actor para obtener el incremento pensional del 14% por cónyuge a cargo.
En la referida providencia se negó la pretensión y se declaró probada la excepción de prescripción, conforme lo establecen los artículos 151 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social y el 488 del Código Sustantivo del Trabajo, al haber transcurrido el tiempo de tres años que la legislación prevé para iniciar la acción laboral.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
Las causales genéricas de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales y, 2º.
El desconocimiento del precedente constitucional como causal específica de esta procedibilidad, en relación con la imprescriptibilidad en materia pensional y el incremento del 14% por cónyuge o compañero permanente a cargo.
Al encontrar que las actuaciones del juzgado accionado no incurrieron en ninguna arbitrariedad, ni que abierta y caprichosamente hubiese desconocido el precedente en la materia, porque se profirió en consonancia con las normas y la jurisprudencia aplicables al caso, la Sala decide NEGAR el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado
- Quinto. Laboral del Circuito de Barranquilla, el día 05 de agosto de 2014, a través del cual se negó la acción de tutela interpuesta por el señor Ángel Guerrero contra el Juzgado
- Cuarto. Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Barranquilla, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación a que alude el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.