T-123 de 2010
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Empresa Electrificadora Del Caribe S.A.·Demandado Juzgado Segundo Municipal De Santa Marta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por no cumplir el requisito formal de subsidiariedad
- Subsidiariedad como requisito formal para su procedencia
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Reiteración de jurisprudencia
- Trámite distinto
- Sanción que tiene por objeto lograr la eficacia de las decisiones judiciales proferidas y orientadas a proteger derechos fundamentales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso.
La empresa accionante, mediante sentencia T-516 de 2003 fue condenada al pago del reajuste pensional, contemplado en la Ley 4 de 1976, pero los pensionados han iniciado varios incidentes de desacato solicitando el cumplimiento de dicha sentencia pese a que el pago se ha realizado efectivamente, solicita se ordene al Juzgado accionado ante el cual se tramitan los incidentes de desacato se abstenga de continuar tramitando dichos incidentes.
La Sala se pronuncia sobre la procedencia de la acción de tutela contra sentencias judiciales, el cumplimiento de las sentencias de tutela y el incidente de desacato, la subsidiariedad como requisito para la procedencia de la acción de tutela contra la decisión judicial que resuelve el incidente de desacato, se advierte que una orden genérica que impida el uso del incidente de desacato a un grupo de ciudadanos respecto de un asunto en particular, constituiría una grave violación de su derecho de acceso a la administración de justicia, solo resultará procedente la acción de tutela, para realizar este tipo de solicitudes, cuando las oportunidades para controvertir el desacato no hayan sido dispuestas o la decsión que resuelve el incidente incurra en una de las causales de procedencia, se decide declarar la improcedencia de la acción de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas el 25 de junio de 2009 por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Santa Marta, y el 12 de agosto de 2009 por la Sala Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad.
- SEGUNDO. DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela promovida por la Empresa Electrificadora del Caribe - Electricaribe S.A.-ESP. contra el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Santa Marta.
- TERCERO. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.