T-113 de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Alberto Velasquez Echeverri·Demandado Fiscalia Sexta Delegada Ante La Corte Suprema De Justicia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Improcedencia por no agotar recursos ordinarios y extraordinarios en proceso penal que se encuentra en curso
- Relevancia constitucional como requisito de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con la acción de tutela pretende el accionante que se amparen sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia y de manera consecuente que se ordene a la fiscalía accionada revocar parte de la resolución por medio de la cual se confirmó la acusación, para que con ello se conceda y desate el recurso de reposición presentado contra los puntos nuevos que en ella se decidieron.
Así mismo solicita el actor que se imparta la orden de dejar sin efectos la resolución que denegó por improcedente un recurso de reposición.
Luego de reiterar jurisprudencia de la Corporación relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales, en especial el principio de subsidiariedad y el agotamiento de los recursos judiciales ordinarios y extraordinarios cuando el proceso se encuentra en curso, la Sala decide confirmar las decisiones de instancia que NEGARON el amparo solicitado, por el incumplimiento del requisito de subsidiariedad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el
- primero. (1º) de agosto de dos mil doce (2012) por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que confirmó a su vez la sentencia denegatoria de tutela promovida por señor Alberto Velásquez Echeverri contra la Fiscalía Sexta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, fallo proferido el veintiuno (21) de junio de dos mil doce (2012), por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.
- Segundo. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.