T-112 de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Luz Fabiola Duque Hernandez·Demandado Sala Laboral Del Tribunal Superior De Medellin Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto no se agoto recurso extraordinario de casación contra sentencia que negó pensión de acuerdo con el régimen de transición
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, seguridad social.
Tutela contra providencia judicial.
La accionante solicitó al ISS el reconocimiento y pago de una pensión de vejez de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 546 de 1971, por ser beneficiaria del régimen de transición consagrado en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993.
El Instituto negó la prestación y luego de agotar sin éxito la vía gubernativa, la actora formuló demanda ordinaria laboral en contra del Instituto de Seguros Sociales, pretendiendo el reconocimiento de su prestación.
El juzgado de primera instancia accedió a las pretensiones y condenó al ISS al pago de la pensión conforme a los lineamientos del Decreto 546 de 1971.
Apelada esta decisión, el Tribunal accionado confirmó parcialmente la providencia impugnada y accedió al reconocimiento pensional, pero la modificó en cuanto a puntualizar que la misma tenía sustento en el 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 9 de la Ley 797 de 2003, por lo cual debía ser liquidada conforme a los presupuestos de la Ley 100 y no del Decreto 546.
En opinión de la parte actora, esta decisión judicial incurrió en defectos sustantivo y fáctico y por ello solicita el amparo constitucional.
Luego de reiterar jurisprudencia constitucional relacionada con la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, la Sala decide declarar la improcedencia del amparo constitucional solicitado, por no cumplir los presupuestos procesales requeridos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Revocar la sentencia dictada en segunda instancia por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia el 28 de agosto de 2012 en el proceso de la referencia, mediante la cual confirmo la sentencia proferida por la Sala de Casacion Laboral el 30 de mayo de 2012 que denego la proteccion constitucional invocada por la senora Luz Fabiola Duque Hernandez; y en su lugar, declarar improcedente la accion de tutela de conformidad con lo dispuesto en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Ordenar que se de cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.