Micelio
Sentencia de Tutela8 de noviembre de 2021

T-383 de 2021

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Angela Consuelo Lopez Vargas·Demandado Tribunal Superior De Bogota Sala Laboral

Tema · dato duro
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales-Improcedencia Por No Haber Agotado Recurso Extraordinario De Casacion Como Mecanismo De Defensa Idoneo Y Eficaz Respecto A La Nulidad De Traslados Entre Regimenes Pensionales
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Seguridad Social En Pensiones
  • Improcedencia del amparo en traslado de régimen pensional, por incumplimiento del presupuesto de subsidiariedad
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por cuanto no se agotó recurso extraordinario de casación en proceso laboral
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
Accion De Tutela En Materia De Traslado De Regimen Pensional
  • Improcedencia por cuanto no se cumple con el requisito de subsidiariedad
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En este caso se ataca la decisión judicial que negó a la accionante la nulidad de su afiliación al RAIS a través del Fondo de Cesantías y Pensiones Colmena (hoy Protección S.A.) en 1995, argumentando que dicho hecho no implicó un traslado de régimen pensional sino una selección inicial.

Se aduce que dicho fallo vulneró los derechos fundamentales al debido proceso, a la pensión, a la dignidad humana, igualdad, mínimo vital y móvil, seguridad social y de acceso a la administración de justicia.

Se reitera jurisprudencia relacionada con: 1º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y, 2º.

La regulación legal y jurisprudencial de los traslados entre regímenes pensionales.

La Corte consideró que la presente solicitud de amparo es IMPROCEDENTE por no cumplir el requisito de subsidiariedad.

En tal sentido precisó que el recurso extraordinario de casación es un mecanismo de defensa idóneo y eficaz para resolver de forma definitiva la pretensión de nulidad mencionada, máxime cuando la peticionaria no acreditó la inminencia de sufrir un perjuicio irremediable que justifique la procedencia transitoria de la acción constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR el fallo adoptado el 16 de marzo de 2021 por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia - Sala de Decisión de Tutelas nº 1, que confirmó la decisión del 27 de enero de 2021 proferida por la Sala de Casación Laboral del mismo Tribunal, que negó el amparo de los derechos fundamentales de la accionante. En su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela por no cumplir con el requisito de subsidiariedad.
  2. Segundo. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación a que alude el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.