T-103 de 2009
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Carlos Andres Perez Orozco·Demandado Coomeva Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Atención integral por la súper obesidad que sufre el actor
- El accionante debe someterse a la valoración médica de un grupo multidisciplinario de especialistas para determinar los beneficios y riesgos que pueda generar en su salud la cirugía bariátrica que necesita
- Reiteración de jurisprudencia sobre el carácter de fundamental
- Vulneración cuando no se suministran prestaciones o servicios médicos incluidos en el POS
- Cirugía de By pass Gástrico pertenece al POS
- Requisitos para la cirugía de By pass Gástrico por obesidad mórbida excluida del POS
- Reiteración de jurisprudencia sobre la obesidad mórbida y la cirugía de By pass gástrico
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud y vida digna de afiliado a la empresa accionada a quien le fue negada la autorizacion de una la cirugía bariatrica que, segun informa, le fue prescrita por medico tratante.
La razon que se aduce en sustento de la negativa es la exclusion del mismo de la enunciacion dispuesta en el pos: <br>el derecho a la salud como derecho fundamental.
Reiteracion jurisprudencial. <br>ademas de reasumir la tematica relativa al reconocimiento del raigambre fundamental propio del precitado derecho, la sala en esta ocasión repaso la linea jurisprudencial construida en preterita sentencia en relacion con la obesidad morbida, para pasar a reafimar la conclusion que ello se derivo en cuanto a la identificacion de la pertenencia de la cirugía de bypass gastrico al plan obligatorio de salud. <br>en consonancia, se verifico que el actor padece la patologia mencionada y que el profesional de la salud que lo atiende le señalo la urgencia de su practica. <br>ademas, se constato el cumplimiento de los presupuestos para la concesion de esta pretension, a saber: (i) la efectiva valoracion tecnica por un grupo interdisciplinario; (ii) su requerimiento para fines funcionales, mas no esteticos; (iii) el consentimiento informado del o la paciente y (iv) el respeto del derecho al diagnostico en un plazo oportuno. <br>se ordeno, entonces, la valoracion del paciente por un grupo multidisciplinario de especialistas y su informacion sobre los riesgos del procedimiento para que, de manifestarlo, se proceda a la realizacion del mismo. <br>concedida <br> <br>ver sentencias: T-415, t-586, t-968, t-978, t-1022a, t-1180 y t-1201 de 2008 <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR los fallos proferidos el 25 de abril de 2008 por el Juzgado
- Quinto. (5) Penal Municipal de Barranquilla y el de 18 de junio de 2008 por el Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de la misma ciudad. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, a la vida y a la dignidad del senor Carlos Andres Perez Orozco, por las razones y en los terminos de esta Sentencia.
- SEGUNDO. ORDENAR a la EPS Coomeva, que previamente a la realizacion de la intervencion quirurgica que requiere el senor Carlos Andres Perez Orozco, lo someta, en un plazo no superior a cuarenta y ocho (48) horas, a una valoracion por un grupo multidisciplinario de especialistas que le suministren la informacion pertinente en forma clara y concreta, sobre los beneficios, riesgos y demas consecuencias que pueda generar en su salud y en su organismo la cirugia bariatrica de bypass gastrico, para que manifieste de manera libre y espontanea su voluntad de someterse al mismo. Una vez obtenido el consentimiento informado del paciente la EPS dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes autorizara y gestionara la practica de la intervencion quirurgica la cual debera realizarse dentro del mes siguiente al vencimiento de dicho termino, de conformidad con las prescripciones e indicaciones del medico tratante.
- De la misma forma, la entidad accionada esta en la obligacion de prestarle una atencion integral en salud al senor Orozco (entiendase consultas medicas, examenes, procedimientos quirurgicos, suministro de medicamentos, hospitalizacion, evaluaciones previas y posteriores a la realizacion de la cirugia Bariatrica), lo cual le brindara una adecuada recuperacion, conforme a las prescripciones que los medicos adscritos a la entidad accionada efectuen para tal fin.
- TERCERO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.