T-586 de 2008
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Carmen Buitrago De Libreros·Demandado Cruz Blanca Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Derecho prestacional protegible vía constitucional
- Autorización por la EPS Cruz Blanca de la cirugía de by pass gástrico por obesidad mórbida y la continuación del tratamiento integral que requiera la demandante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud, vida, integridad fisica, dignidad humana y seguridad social de afiliada al regimen contributivo en calidad de cotizante que padece obesidad morbida grado iii y que requiere cirugia bariatrica -bypass gastrico por laparoscopia con uso de sutura mecanica y ligasure- sugerida por medico particular que la entidad se niega a autorizar por encontrarse excluida del plan de beneficios del pos.<br>solicita se ordene la practica de la cirugia bariatrica que requiere.<br>el derecho a la salud como derecho fundamental de caracter prestacional susceptible de ser protegido a traves de la accion de tutela.
Linea jurisprudencial en torno al problema de salud publica que representa la obesidad morbida y la autorizacion por parte de las entidades promotoras de salud de la cirugia bariatrica.
Afectacion del derecho a la salud cuando no se suministran prestaciones incluidas en el pos.<br>la cirugia que pretende la actora en el caso particular es de alto riesgo, invasiva y de alta peligrosidad, por lo que al no evidenciarse una valoracion por un grupo interdisciplinario de medicos adscritos a la eps demandada, esta corte ordenara su realizacion, para que luego de ello, le sean explicados los riesgos y beneficios de la intervencion quirurgica a la que, de consentirlo, se sometera.
Lo anterior, de conformidad con lo expuesto en la sentencia t-414 de 2008.<br>concedida.
Se ordena a la eps accionada prestar a la accionante la atencion integral que requiera, la cual le brindara una adecuada recuperacion conforme a las prescripciones que los medicos adscritos a la eps efectuen para tal fin.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo de segunda instancia proferido por el Juzgado
- Sexto. (6) Civil del Circuito de Cali, el dia catorce (14) de noviembre de dos mil siete (2007) y, CONFIRMAR fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Quince (15) Civil Municipal de Cali, el dia seis (6) de noviembre de dos mil siete (2007), por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
- Segundo. TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, a la vida, integridad fisica, dignidad humana y seguridad social de la senora Carmen Buitrago de Libreros, por las razones y en los terminos de esta Sentencia.
- Tercero. ORDENAR a Cruz Blanca EPS S.A., que previamente a la realizacion de la intervencion quirurgica que le fue prescrita a la senora Carmen Buitrago de Libreros, la someta, en un plazo no superior a cuarenta y ocho (48) horas, a una valoracion por un grupo multidisciplinario de especialistas, liderado por el medico cirujano adscrito a Cruz Blanca EPS S.A., Doctor Fernando Quiroz, que le suministren la informacion pertinente en forma clara y concreta, sobre los beneficios, riesgos y demas consecuencias que pueda generar en su salud y en su organismo la CIRUGIA BARIATRICA -BYPASS GASTRICO POR LAPAROSCOPIA CON USO DE SUTURA MECANICA Y LIGASURE- que se le dictamino, para que manifieste de manera libre y espontanea su voluntad de someterse al mismo. Una vez obtenido el consentimiento informado de la paciente la EPS dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes autorizara y gestionara la practica de la intervencion quirurgica la cual debera realizarse dentro del mes siguiente al vencimiento de dicho termino, de conformidad con las prescripciones e indicaciones del medico tratante.
- De la misma forma, la entidad accionada esta en la obligacion de prestarle una atencion integral en salud a la senora Carmen Buitrago de Libreros (entiendase consultas medicas, examenes, procedimientos quirurgicos, suministro de medicamentos, hospitalizacion, evaluaciones previas y posteriores a la realizacion de la cirugia de Bypass Gastrico), lo cual le brindara una adecuada recuperacion, conforme a las prescripciones que los medicos adscritos a la entidad accionada efectuen para tal fin.
- Cuarto. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.