Micelio
Sentencia de Tutela30 de abril de 2008

T-414 de 2008

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Martha Elena Garzon Cubillo·Demandado Salud Coop Eps

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Doctrina Constitucional Sobre Derechos
  • Su fundamentalidad no depende de la manera como éstos se hacen efectivos en la práctica
Derecho A La Salud
  • Orden a EPS SALUDCOOP para que previamente a la realización de intervención quirúrgica se valore a la actora por un grupo multidisciplinario de especialistas y se de información sobre beneficios y riesgos de la cirugía bariátrica
  • Fundamental por transmutación en derecho subjetivo o por conexidad
  • Requisitos para la cirugía de By pass Gástrico por obesidad mórbida excluida del POS
  • Tratamiento integral para obesidad mórbida
Fundamentalidad Del Derecho A La Salud
  • Instrumentos internacionales y nacionales
Fundamentalidad
  • Doble significado, respecto del sujeto y del objeto
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derechos a la salud, vida y dignidad humana de mujer con obesidad morbida y afecciones colaterales a quien el medico tratante le ordeno la realizacion urgente de una cirugia bariatrica.

La solicitud de autorizacion del procedimiento fue rechazada por la accionada en virtud de la exclusion del mismo del plan obligatorio de salud.

Señala, ademas, que se desempeña como empleada de un supermecado y que su esposo es conductor de una ambulancia, actividades de las cuales se deriva el sustento de ambos y de dos menores de edad.

Por ello, no cuenta con la disponibilidad economica para asumir el pago de la operación.

Linea jurisprudencia en materia de obesidad morbida y autorizacion del procedimiento genericamente descrito como cirugia bariatrica, el cual se considera incluido en el pos por ser una modalidad de by pass gastrico.

En el caso en cuestion, se verifico que el procedimiento requerido por la paciente esta incluido dentro del pos, lo cual hace imperativo su reconocimiento por parte de la eps.

Ademas, en cumplimiento de los parametros que ha fijado la jurisprudencia al respecto, se ordeno la realizacion de una valoracion por un grupo multidisciplinario; Así como la garantia de la atencion integral en salud.

Concede

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el dieciocho (18) de octubre de 2007, por el Juzgado Treinta (30) Penal Municipal de Bogota. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, a la vida y a la dignidad humana de la senora Martha Helena Garzon Cubillos, por las razones y en los terminos de esta Sentencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la EPS SALUDCOOP, que previamente a la realizacion a la realizacion de la intervencion quirurgica que le fue prescrita a la senora Martha Helena Garzon Cubillos, la someta, en un plazo no superior a cuarenta y ocho (48) horas, a una valoracion por un grupo multidisciplinario de especialistas que le suministren la informacion pertinente en forma clara y concreta, sobre los beneficios, riesgos y demas consecuencias que pueda generar en su salud y en su organismo la cirugia bariatrica que se le dictamino, para que manifieste de manera libre y espontanea su voluntad de someterse al mismo. Una vez obtenido el consentimiento informado de la paciente la EPS dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes autorizara y gestionara la practica de la intervencion quirurgica la cual debera realizarse dentro del mes siguiente al vencimiento de dicho termino, de conformidad con las prescripciones e indicaciones del medico tratante.
  3. De la misma forma, la entidad accionada esta en la obligacion de prestarle una atencion integral en salud a la senora Garzon (entiendase consultas medicas, examenes, procedimientos quirurgicos, suministro de medicamentos, hospitalizacion, evaluaciones previas y posteriores a la realizacion de la cirugia de Bypass Gastrico), lo cual le brindara una adecuada recuperacion, conforme a las prescripciones que los medicos adscritos a la entidad accionada efectuen para tal fin.
  4. TERCERO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.