T-440 de 2012
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Edinson Fang Diaz·Demandado Direccion General De Sanidad Militar Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos jurisprudenciales
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia
- Reglas jurisprudenciales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguridad social, salud, integridad física, vida digna, mínimo vital.
Aduce el actor que se encuentra afiliado a la Dirección General de Sanidad Militar en el Hospital Naval de Cartagena en calidad de pensionado y que allí le han entregado los insumos y medicamentos que necesita para tratar la discapacidad permanente que afronta, pero que desde hace un tiempo se ha negado sistemáticamente a suministralos, alegando que no se encuentran incluidos en el plan de beneficios de los usuarios de las Fuerzas Militares.
Con la acción de tutela se pretende que se imparta la orden a la entidad demandada, de entregar todos los medicamentos e insumos que requiere el actor, con la periodicidad y en la cantidad ordenadas por el médico tratante y, que se imparta la orden de autorizar el servicio de ambulancia desde su casa hasta el hospital cuando los tratamientos médicos requieran dicho desplazamiento.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
La Salud como derecho fundamental. 2º.
Las reglas relativas a la procedencia de la acción de tutela para obtener el suministro de prestaciones excluidas del POS, y, 3º.
Las reglas aplicables al cubrimiento de gastos de transporte para pacientes y acompañantes por parte de las E.P.S..
SE CONCEDE. <br> <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia dictada en noviembre 29 de 2011 por la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, mediante la cual nego el amparo solicitado por el senor Edinson Fang Diaz.
- Segundo. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social, la salud, la integridad fisica, la vida digna y el minimo vital del actor Edinson Fang Diaz y ORDENAR a la Direccion General de Sanidad Militar, Hospital Naval de Cartagena, por conducto de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha realizado, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia autorice la entrega de insumos y medicamentos, tales como"sondas Nelaton, las sondas Foley, el Isodine en espuma, las bolsas recolectoras Cistoflo, los guantes y los tubos de Lidocaida" al mencionado actor, al igual que la movilizacion en ambulancia, en la forma y periodicidad prescritas por su medico tratante.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.