Micelio
Sentencia de Tutela21 de noviembre de 2011

T-869 de 2011

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Betty Maritza Navarro En Representacion De Su Hijo Andres Felipe Gomez Navarro·Demandado Salud Total E.P.S.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud De Niños Y Niñas Con Discapacidad
  • Suministro de pañales desechables y transporte en ambulancia o en otro medio idóneo para joven que sufre parálisis cerebral
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud, vida digna.

En el presente caso SALUD TOTAL E.P.S. se negó a prestar el servicio de ambulancia a un paciente de 12 años de edad que padece de parálisis cerebral espástica sin control de esfínteres, displasia de cadera, escoliosis toracolumbar, cuadraplesia espástica, triplejía espástica, el cual requería para asistir a controles médicos pos-operatorios.

Así mismo se negó a suministrar pañales desechables, arguyendo la falta de orden expresa del médico tratante y la falta de cobertura del POS.

La Sala reitera jurisprudencia constitucional sobre la protección especial que tienen los niños, niñas y adolescentes, máxime cuando se encuentran enfermos o en situación de discapacidad.

Se CONCEDE el amparo y se ordena hacer efectiva la autorización del servicio de transporte más idóneo para el menor y el suministro de pañales, por todo el tiempo requerido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo dictado en junio 13 de 2011, por el Juzgado Cuarenta Civil Municipal de Bogota, que nego el amparo solicitado. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos fundamentales a la salud y a la vida digna del nino Andres Felipe Gomez Navarro, invocados en representacion suya por su senora madre Betty Maritza Navarro.
  2. Segundo. En consecuencia, ORDENAR a Salud Total EPS, por intermedio de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha efectuado, en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, haga efectiva la autorizacion, por todo el tiempo requerido, del servicio de transporte mas idoneo y el suministro de panales desechables, frente a las necesidades del nino Andres Felipe Gomez Navarro.
  3. Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.