T-229 de 2012
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Magda Patricia Sanabria Agudelo·Demandado E.P.S. Sura
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que la prescripción médica se ha hecho por un profesional no adscrito a la EPS
- Hecho superado por autorización de cirugía bariátrica de by pass gástrico por laparoscopia
- Requisitos que se deben cumplir para la práctica de la cirugía bariátrica o by pass gástrico
- Inclusión del procedimiento denominado by pass gástrico por laparoscopia
- Procedencia de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Salud, vida en condiciones dignas.
La accionante fue diagnosticada con obesidad mórbida y el procedimiento indicado para el tratamiento de esta patología fue la realización de un By Pass Gástrico por Laparoscopia.
Tras solicitar a la E.P.S. demandada la autorización de esta cirugía, así como el tratamiento integral para su enfermedad y la exoneración de copagos o cuotas moderadoras, la petición fue denegada por la entidad bajo el argumento de no estar incluido el procedimiento dentro del POS, ser prescrito por un profesional no adscrito a ellos y no contar con la aprobación del Comité Técnico Científico.
La Sala concluye que, aún cuando a la actora le asistía el derecho pretendido en sede de tutela, lo viable es declarar la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO, toda vez que se comprobó que la accionada autorizó y realizó la cirugía bariátrica requerida por la demandante.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado en la presente acción de tutela.
- SEGUNDO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.