Micelio
Sentencia de Tutela12 de agosto de 2016

T-434 de 2016

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Lucidia Aide Jaramillo Nohava·Demandado Coomeva E.P.S.

Tema · dato duro
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. Se Esta Prestando Tratamiento Para Cancer De Seno.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Se está prestando tratamiento a persona enferma de cáncer de seno
Principio De Continuidad En El Servicio De Salud
  • EPS debe garantizar culminación de tratamiento médico a paciente, especialmente cuando se trata de enfermedades catastróficas o ruinosas
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante, paciente diagnosticada con cáncer de seno, aduce que Coomeva E.P.S. vulneró sus derechos fundamentales, en virtud de trasladarla, sin previo aviso y sin autorización, a la E.P.S.

Saludcoop, entidad en la que se ha visto afectado el acceso al servicio público de salud y, por ende, la continuidad del tratamiento que le estaban brindando.

Teniendo en cuenta que la Sala corroboró que las pretensiones de la demanda se encuentran satisfechas, toda vez que la peticionaria aparece como afiliada activa en Coomeva E.P.S., se declaró la configuración de una carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO.

No obstante, se ordenada a la entidad abstenerse de incurrir en conductas que afecten la continuidad en la prestación del servicio de salud brindado a la actora, con ocasión del cáncer de seno que padece.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DECLARAR la configuracion de carencia actual de objeto por hecho superado en la presente accion de tutela, por las razones expuestas en esta providencia
  2. SEGUNDO. ORDENAR a Coomeva EPS que, en adelante, se abstenga de incurrir en conductas que afecten la continuidad en la prestacion del servicio de salud brindado a la senora Lucidia Aide Jaramillo Nohava con ocasion al cancer de seno que padece.
  3. TECERO.- Por secretaria general librar las comunicaciones de que trata el Decreto 2591 de 1991.
  4. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.