T-072 de 2012
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Nelly Carvajal De Gil·Demandado Cajanal Eice En Liquidacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Interpretación del Consejo de Estado por aplicación retrospectiva de la ley cuando el causante falleció antes de la entrada en vigencia de la Ley 100/93
- Caso en que Cajanal dejó de aplicar el artículo 46 (original) de la Ley 100/93
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Igualdad, vida digna, mínimo vital, debido proceso, seguridad social.
La accionante solicitó ante CAJANAL el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes y esta entidad negó la prestación al estimar que no se cumplía el requisito de veinte años de servicios al Estado, contenido en la legislación vigente para la época del fallecimiento del causante.
La actora advierte que es una persona de la tercera edad, que padece varias enfermedades, que no posee ninguna fuente de ingreso y que no puede acudir a los mecanismos ordinarios de defensa por la demora que ello representaría.
La Sala se pronuncia sobre la siguiente temática: 1º.
El derecho a la pensión de sobrevivientes. 2º.
La procedibilidad de la acción de tutela frente a actos administrativos en materia pensional.
Y, 3º.
El precedente del Consejo de Estado sobre el derecho a la pensión de sobrevivientes por aplicación retrospectiva de la ley.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena a la entidad accionada emitir un nuevo acto administrativo en el que reconozca la pensión reclamada, teniendo en cuenta para ello la interpretación que el Consejo de Estado ha realizado al artículo 46 de la Ley 100 de 1993, cuando se trata de su aplicación retrospectiva de las normas pensionales, en razón de los principios de igualdad y favorabilidad constitucionales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Armenia, el 8 de agosto de 2011, que confirmo el dictado por el Juzgado 4deg de Familia de la misma ciudad, el 5 de septiembre de 2011, en la accion de tutela instaurada por Nelly Carvajal de Gil en contra de la Caja Nacional de Prevision Social E.I.C.E., en liquidacion. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos constitucionales a la igualdad, a la vida digna, el minimo vital, el debido proceso y a la seguridad social de la peticionaria.
- SEGUNDO. DECLARAR SIN VALOR NI EFECTO ALGUNO la Resolucion PAP 045116 del 24 de marzo de 2011 proferida por la Caja Nacional de Prevision Social E.I.C.E., en liquidacion.
- TERCERO. ORDENAR a Cajanal E.I.C.E., en liquidacion o la entidad encargada del tramite de sus solicitudes pensionales que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta decision, emita acto administrativo en el que reconozca la pension de sobrevivientes a la senora Nelly Carvajal de Gil, teniendo en cuenta la interpretacion que el Consejo de Estado ha realizado del articulo 46 de la Ley 100 de 1993, cuando se trata de su aplicacion retrospectiva y con cubrimiento de todo lo que se haya causado desde la fecha de solicitud de la referida prestacion, siempre que no este prescrito.
- Ademas, debera considerar las actualizaciones a que hubiere lugar, la prohibicion de sufragar una pension inferior al salario minimo legal mensual vigente y que el pago efectivo no podra exceder de 30 dias.
- LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.