Micelio
Sentencia de Tutela4 de marzo de 2016

T-116 de 2016

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Luz Amparo Cerezo Hernandez·Demandado Tribunal Administrativo De Cauca Y Otro

Tema · dato duro
Tutela Contra Providencias Judiciales. Improcedencia Por Cuanto No Existian Requisitos Para Obtener Pension De Sobrevivientes De Agente De Policia Fallecido.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por cuanto jueces no desconocieron el principio protector del trabajador consagrado en la constitución y por tanto no se presentó violación directa de la Constitución
  • Improcedencia por cuanto Tribunal no desconoció el precedente del Consejo de Estado sobre el reconocimiento y pago de pensión de sobrevivientes a familiares de policías fallecidos con anterioridad a la exped
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atacan las decisiones judiciales proferidas en el trámite de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho adelantado por la accionante en contra de la Policía Nacional, tendiente a obtener el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes debido al fallecimiento de su esposo.

Se aduce, que dichas providencias desconocieron el precedente del Consejo de Estado sobre la materia, así como la propia Constitución.

Se hace una caracterización de las causales generales de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales denominadas violación directa de la Constitución y defecto sustantivo.

Se confirman los fallos de instancia que DENEGARON el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR el fallo proferido por la Sección Quinta del Consejo de Estado, el 7 de septiembre de 2015, dentro del proceso de la referencia, en el sentido de denegar el amparo solicitado por Luz Amparo Cerezo Hernández.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.