T-071 de 2016
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Yudit Lorena Cedeño Sanchez Y Otro·Demandado Juzgado Tercero De Familia De Neiva Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por violación directa de la Constitución, al eliminar vínculo familiar y filial con madre biológica en proceso de adopción de mayor de edad
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Concepto
- Concepto
- Caso de proceso de adopción de mayor de edad quien solicita no se extinga vínculo familiar y filial con madre biológica
- Alcance
- Garantía del derecho a la identidad, libre desarrollo de la personalidad, dignidad humana
- Concepto
- Requisitos
- Caso de proceso de adopción de mayor de edad quien solicita no se extinga vínculo familiar y filial con madre biológica
- Régimen jurídico
- Contenido
- Protección interna, doctrinal e internacional
- Concepto y alcance
- Fases
- Marco constitucional y desarrollo jurisprudencial
- Deberes de los hijos con los padres y deberes de los padres con los hijos
- Matrimonial, de hecho y adoptivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se atacan las decisiones judiciales adoptadas dentro de un proceso de adopción voluntaria, mediante las cuales se declaró la adopción entre los accionantes y se decretó la extinción del vínculo filial y familiar de la adoptada con su madre biológica, sin que ello hubiera sido solicitado dentro del respectivo proceso.
Se solicita que se dejen sin efectos las mencionadas providencias, en cuanto a que la adoptada mantenga los apellidos de su madre biológica y la relación familiar y filial con ésta, y dejar en firme la adopción de la tutelante con su padre de crianza.
El juez de primera instancia adujo que la providencia impugnada no incurrió en ningún defecto, porque siempre estuvo ajustada a los lineamientos normativos de la Ley 1098 de 2006, la cual determina que sólo existe la adopción plena en la legislación colombiana, la cual tiene como efecto jurídico eliminar todo tipo de parentesco familiar y filial con la familia biológica del adoptado.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
El concepto y alcance de la institución familiar y del derecho a la unidad familiar. 2º.
El concepto y alcance de la filiación. 3º.
El régimen jurídico de la adopción en Colombia. 4º.
El proceso de adopción y, 5º.
La adopción en el derecho comparado.
Para la Sala de Revisión las sentencias impugnadas incurrieron en un defecto por violación a la Constitución, en tanto afectaron derechos fundamentales de los accionantes.
Lo anterior, como quiera que la adopción permitió que se extinguiera el vínculo familiar y filial con la madre biológica de la adoptada, sin que hubiera existido una voluntad de las mismas por extinguirlo y, más aún, cuando entre ellas existen lazos afectivos de madre e hija que se encuentran vigentes.
Igualmente concluyó la Corte, que los jueces de instancia omitieron considerar que la adopción se hizo cuando la actora ya era mayor de edad, lo que significaba que la adopción perseguía reconocer una situación de hecho que podía protegerse y comprenderse dentro del concepto de familia amparado por la Constitución.
Se CONCEDE el amparo solicitado y de dejan sin efectos las providencias proferidas dentro del proceso de adopción.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias del 10 de junio de 2015 y del 5 de agosto del mismo ano, proferidas por la Sala de Casacion Civil y Laboral de la Corte Suprema de Justicia. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales de Yudit Lorena Cedeno Sanchez, Alcibiades Cedeno Zuleta y Yeaneth Sanchez Arias.
- Segundo. Como consecuencia de lo anterior, DEJAR SIN EFECTOS la determinacion de las sentencias proferidas el 28 de octubre de 2013 por el Juzgado 3deg de Familia del Circuito de Neiva y el 23 de octubre de 2014 por el Tribunal Superior de Neiva (Sala Quinta de Decision Civil, Laboral y Familia), dentro del proceso de adopcion que se llevo a cabo entre Yudit Lorena Cedeno y Alcibiades Cedeno Zuleta.
- Tercero. ORDENAR al Juzgado 3deg de Familia del Circuito de Neiva que dentro de los cinco (5) siguientes a la notificacion del presente fallo, profiera una nueva sentencia en la que tenga en cuenta los criterios trazados en esta decision y aplique el concepto dinamico de familia que la Constitucion protege.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.