C-900 de 2011
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Jesus Rafael Camargo Polo·Demandado Ley 1098 De 2006 (Numeral 6 Parcial Del Articulo 46)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Menores de edad
- Elección de tratamiento médico más adecuado
- Alcance
- Criterios jurisprudenciales
- Reiteración de jurisprudencia
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Contenido
- Protección constitucional e internacional
- Criterios jurídicos para determinarlo
- Reglas constitucionales, legales y jurisprudenciales
- Atención médica sin autorización de su representante legal, cuando exista riesgo inminente para su vida
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de Inconstitucionalidad contra el numeral 6 (parcial) del artículo 46 de la Ley 1098 de 2006, Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia.
El actor demandó la expresión “garantizar la actuación inmediata del personal médico y administrativo”, argumentando que esta norma, al permitir que el personal médico y administrativo realice procedimientos médicos a los niños, niñas o adolescentes sin su autorización, ni la de su representante legal, desconoce el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la libertad de conciencia y el debido proceso, por cuanto so pretexto de su interés superior, se desplaza la autonomía del paciente.
Para la Corte resulta necesaria la vinculación de todo el Sistema en la prestación oportuna del servicio médico a los niños, niñas y adolescentes, especialmente cuando se encuentra un riesgo inminente para su vida.
EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1098/06. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE el numeral 6o del articulo 46 de la Ley 1098 de 2006, por los cargos estudiados en la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.