Micelio
Sentencia de Constitucionalidad26 de octubre de 2016Sala Plena

C-584 de 2016

Ponente Aquiles Arrieta Gómez

Demandante Carlos Mario Hernandez Siachoque·Demandado Ley 617 De 2000

Tema · dato duro
Inhabilidad Para Ser Concejal Si Se Ha Ejercido Dentro Del Año Anterior A La Elección Como Empleado Público, Jurisdicción O Autoridad, Política, Civil O Militar En El Municipio, O Celebrado Contratos A Ejecutarse En El Respectivo Municipio O Distrito.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion Publica De Inconstitucionalidad
  • Razonabilidad de las cargas mínimas comprende una visión constitucional ponderada
  • Derecho comparado
  • Razonabilidad de las cargas mínimas
Demanda De Inconstitucionalidad En Materia De Modernizacion De Organizacion Y Funcionamiento De Municipios
  • Cargos formulados por vulneración del principio de igualdad y restricción temporal para acceder a los concejos municipales en relación con el derech
  • Inhibición para realizar un pronunciamiento de fondo respecto de inhabilidades de concejales
Demanda De Inconstitucionalidad Por Vulneracion Del Principio De Igualdad
  • Indeterminación
  • Carga argumentativa
  • Requisitos en la carga argumentativa
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Decisión inhibitoria debe ser excepcionalísima
  • Permitir que la discusión sobre la admisión de los cargos sea reabierta por la Sala Plena con el objeto de que la decisión decaiga en una inhibición, es irrazonable
  • Concepto de violación
  • Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
  • Aplicación del principio pro actione
  • Régimen procedimental de los juicios y actuaciones que deben surtirse ante la Corte Constitucional previsto en el Decreto 2067 de 1991
  • Requisitos mínimos
Admision De Accion Publica De Inconstitucionalidad
  • Momento procesal oportuno para evaluar las cargas mínimas
Modernizacion De La Organizacion Y Funcionamiento De Municipios
  • Cargos de la demanda previamente evaluada en punto de idoneidad como presupuesto procesal para una sentencia de mérito, ab initio cumplían con los requisitos para la admisibilidad
Principio Pro Actione En Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aplicación no puede llevar a que se declare la exequibilidad ante una demanda que no presente suficientes argumentos, cerrando la puerta para que otro ciudadano presente una acción que sí cumpla con
8 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 40 numeral 2 (parcial) de la Ley 617 de 2000.

Considera el actor que la disposición acusada vulnera los artículos 13 y 40 de la Constitución Política.

La Sala concluye que pese a haberse admitido la demanda para analizar en detalle si efectivamente se estructuraba un cargo de constitucionalidad, se verificó que ni siquiera es posible analizarla en aplicación del principio pro actione, debido a que no sólo existe un problema en la identificación de la norma legal acusada y de la norma constitucional empleada como parámetro de comparación; sino que se identifica un trato distinto pero no se señalas las razones por las que sería irrazonable y hay una confusión afecta materialmente la demanda, pues se cuela profundamente sus consideraciones.

Lo anterior conlleva a que si se pretende hacer un análisis de constitucionalidad, la Corte tendría que entrar a suplirlas, lo cual implicaría un control oficioso.

Se reitera, que una acción pública de inconstitucionalidad debe contar con cargos fundados en razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes para que pueda ser resuelta de fondo por la Corte Constitucional.

La Sala Plena decide declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 617/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 13Ley 617/00INHIBITORIO
Art. 2Ley 617/00INHIBITORIO
Art. 40Ley 617/00INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. ÚNICO. Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo frente a los cargos expuestos contra las expresiones "Quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección" y "celebración de contratos" contempladas en el numeral 2º del artículo 40 de la Ley 617 de 2000.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAlberto Rojas Ríos
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.