Micelio
Sentencia de Constitucionalidad9 de julio de 2014Sala Plena

C-464 de 2014

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Maria Eugenia Gomez Chiquiza·Demandado Ley 1453 De 2011, Articulo 93

Tema · dato duro
Delito De Explotacion De Menores De Edad
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Delito De Explotacion De Menores De Edad Y Delito De Trata De Personas
  • Diferencias
  • No se predica una subsunción o similitud típica necesaria entre ambas conductas punibles para entrar a examinar el fondo del cargo por presunta violación al principio de igualdad
  • Juicio de igualdad
Delito De Explotacion De Menores De Edad
  • Contenido
  • Implica exclusivamente la penalización de la utilización de menores para el ejercicio de la mendicidad y no el ejercicio autónomo de la misma en compañía de menores
Delito De Explotacion De Menores
  • Desconocimiento de la especial protección constitucional a niños, niñas y adolescentes
  • Supuestas diferencias a las que aludió la mayoría para considerar que se trata de tipos de criminalidad distintos realmente son especificidades sobre el sujeto pasivo de la acción y distinciones nominales sobre los verbos
  • Indeterminación del tipo
  • Norma demandada establece un tipo penal, dentro del género de delitos que pretenden castigar las diversas formas de “cosificación” de las personas por parte de individuos o grupos, con menor punibilidad por el sólo hecho d
  • Vulneración del principio de legalidad
Delito De Trata De Personas
  • Debe reprimirse severamente la instrumentalización de menores de edad como parte de una cadena de explotación
  • Contenido
  • No se puede penalizar la mendicidad propia o en compañía de algún familiar
  • Principios de igualdad, legalidad, debido proceso y especial protección a niños y niñas
Explotacion De Menores De Edad Y Trata De Personas
  • Conductas diferentes
  • En caso de concurrencia pueden analizarse bajo la teoría del concurso de hechos punibles y varios principios interpretativos a fin de aplicar una pena acorde con la gravedad de cada situación en concreto
  • Competencia del juez penal
  • Prohibición o penalización de la mendicidad propia o en compañía de menores atenta contra los principios de dignidad humana, justicia material y principios penales de última ratio y mínima intervención
Explotacion De Menores De Edad
  • No es un delito de tipo especial en relación con la trata de personas
  • No pueden considerarse responsables quienes mendigan en compañía de sus hijos o de niños y niñas bajo su cuidado por no tener otra opción
  • No toda mendicidad familiar configura el delito de trata de personas
  • Conducta es materialmente distinta del comportamiento típico de la trata de personas por sus características
  • Del condicionamiento de la expresión “mendigue con menores de edad” se sustrae la no explotación mas no la criminalización de la pobreza
Explotacion De Menores Y Trata De Personas
  • Descripción de los tipos penales en conflicto
Mendicidad
  • Criterios jurisprudenciales
  • Jurisprudencia constitucional
Reforma Al Codigo Penal
  • Delito de explotación de menores
  • Tipificar la explotación de menores de edad como delito distinto al de trata de personas con un tratamiento punitivo inferior al previsto en este último, disminuye la protección penal existente para menores sin justificación
  • Desconocimiento de la especial protección de los niños y niñas al establecer una sanción baja en delito de explotación de menores con respecto a sanciones determinadas en otras conductas punibles pertenecientes al mismo género
  • Similitud de verbos rectores del delito de explotación de menores de edad contenido en norma demandada y el delito de trata de personas consagrado en Código Penal, llevan a concluir que el primero se subsume en el segundo
Violacion Al Principio Non Bis In Idem
  • Procedencia de control constitucional por errores de técnica legislativa que conducen en el plano teórico a futuras violaciones constitucionales
Concurso Aparente De Tipos Penales
  • Herramientas interpretativas para enfrentar eventuales riesgos de vulneración del non bis in ídem
Concurso De Delitos
  • Clases
  • Definición
  • Rasgos determinantes
Principio Non Bis In Idem
  • Instrumentos internacionales
  • Triple identidad (objeto, causa y persona)
Principio De Necesidad En Derecho Penal
  • Mínima intervención y última ratio
18 temas · 42 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 93 de la Ley 1453 de 2011, por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad.

Para la demandante, se debe declarar la inexequibilidad de la norma acusada, por cuanto la conducta descrita, relativa a la explotación de menores, genera una confusión típica cuando se confronta con el delito de trata de personas contenido en el artículo 188 A del Código Penal, lo cual conlleva al quebrantamiento de los principios de igualdad y debido proceso.

La actora también demanda la expresión “mendigue con menores de edad”, por resultar violatoria del debido proceso y del principio de legalidad.

La Corte declara EXEQUIBLE el contenido normativo del artículo 93 de la Ley 1453 de 2011, en el entendido que la expresión “mendigue con menores de edad” tipifica exclusivamente la utilización de menores de edad para el ejercicio de la mendicidad y no el ejercicio autónomo de la misma en compañía de estos.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1453/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 93Ley 1453/11 «en el entendido que la expresión “mendigue con menores de edad” tipifica exclusivamente la utilización de menores de edad para el ejercicio de la mendicidad y no el ejercicio autónomo de la misma en compañía de estos.»EXEQUIBLE· condicionado
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLE el contenido normativo del articulo 93 de la Ley 1453 de 2011, en el entendido que la expresion "mendigue con menores de edad" tipifica exclusivamente la utilizacion de menores de edad para el ejercicio de la mendicidad y no el ejercicio autonomo de la misma en compania de estos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
Salvamento parcialMauricio González CuervoAclaraciónJorge Iván Palacio PalacioAclaraciónMaría Victoria Calle CorreaSalvamentoGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.