C-205 de 2003
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Marcela Patricia Jimenez Arango
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Principios que someten el ejercicio del ius puniendi
- Incompetencia para realizar valoraciones sobre la conveniencia de la tipificación penal
- Controla límites impuestos al legislador por la Constitución
- Inexistencia por contenidos normativos diferentes
- Criterio de medición de la pena a imponer
- Cumple una función social
- Concepto
- Limita el ejercicio de configuración normativa del legislador
- Valor fundante de la organización estatal y de su ordenamiento jurídico
- Es materia de determinación de tipos penales
- No vulneración
- Reconduce a un problema fundamental de la convivencia
- Definición
- Delito de origen constitucional
- Delito especial y autónomo
- Expresión “no justificado" ajustada a la Constitución
- Tipo penal con sujeto activo indeterminado
- Tipo penal condiciona la punibilidad
- Busca castigar la propiedad obtenida ilícitamente
- No inversión de la carga de la prueba
- Penalización bajo la vigencia del antiguo estado de sitio
- Derecho a la no autoincriminación
- Penalización
- Configuración
- Facultad de adelantar política criminal del Estado
- Obligación de respetar el principio de legalidad de las penas y de los delitos en sus diversas manifestaciones
- Partió de una presunción de culpabilidad
- Problema de orden sustancial desde que estructuró el tipo penal invirtiendo la carga de la prueba
- Sanción a una persona por el hecho de dedicarse a una actividad económica
- Dificultad para la consecución de la prueba no puede suplirse por la vía de la inversión de la carga de la prueba
- Necesidad condicionada por la lesividad para terceros de hechos prohibidos
- Restricción y protección de los derechos fundamentales
- Facultad de establecer una modalidad especial del tipo penal de receptación
- Bloque de constitucionalidad constituye un límite axiológico al ejercicio del mismo
- Análisis frente a toda la Constitución llevaba a soportar su constitucionalidad
- Autoridades competentes tenían obligación de establecer responsabilidad del infractor
- Estructura de la norma penal conduce a una inversión de la carga de la prueba
- Imposibilidad de demostrar la legal procedencia de las mercancías conducía a corroborar junto con el indicio su ilícita procedencia
- Legislador buscó dar cumplimiento a valores, principios y derechos de rango constitucional
- Legislador está sancionando a una persona por dedicarse a una actividad económica
- Legislador realizó una punición contraria al principio de estricta legalidad
- Medida adoptada era razonable y proporcional
- No desvirtuada presunción de inocencia ni la legalidad del delito
- No existía presunción de culpabilidad o de inversión de la prueba ni el tipo penal la contenía
- Tipificación no resultaba automática, se producía por el cúmulo de dos conductas
- Comercialización de piezas usadas constituía un indicio
- Finalidad no es constitucionalmente aceptable
- Inexistencia de un bien jurídico tutelado
- Interpretación constitucional
- Interpretación histórica y sociológica
- Interpretación teleológica
- No admite comparación con enriquecimiento ilícito de particulares
- Sentido y alcance resulta armónico con los valores y principios constitucionales
- Intervención del Estado
- Vulneración
- Acompaña al acusado desde el inicio de la acción penal hasta el fallo definitivo
- Concepto
- Rango de derecho fundamental
- Vulneración
- No vulneración
- Contenido y efectos
- Principio general del derecho
- Aplicación
- Desconocimiento
- No son absolutos
- Límite a la actividad del legislador
- Consumación del ilícito en la modalidad específica
- Modalidad específica
- Modalidad específica con sujeto activo indeterminado
- Tipificación
- Trámite legislativo
- Características particulares de la modalidad específica
- Concepto
- Evolución legislativa
- Modalidad especial contraría ordenamiento constitucional
- Tipificación en otros ordenamientos jurídicos
- Relación medio-fin
- Implica un juicio sobre la idoneidad del tipo penal
- Límites a la actividad punitiva del Estado
- Rango constitucional
- Declaratoria de inexequibilidad desconoce precedente constitucional
- Decisión de fondo debió tener en cuenta el precedente judicial
- Decisión desde la perspectiva del individualismo, ignoró postulados del Estado Social de Derecho
- Distinto tratamiento a asuntos estudiados por la jurisprudencia afectan principios de igualdad y seguridad jurídica
- Ponderación de principios no fue abordado sobre criterios de razonabilidad y proporcionalidad
- Receptación de autopartes debió analizarse como variante del enriquecimiento ilícito
- En sentido material la creación tiene reserva de ley
- No implica cambio de jurisprudencia en la materia
- Competencia para tipificar penalmente una conducta
- Deber ciudadano abstracto y genérico no puede convertirse en una fuente de criminilización de conductas, en desmedro de las garantías judiciales
- Penaliza a las personas por sus actos y no por lo que son
- Carga de la prueba corresponde al Estado
- Límites
- Precisa la existencia del acto humano
- Aplicación
- Obtención con respeto a las exigencias legales
- Similitud con enriquecimiento ilícito de particulares
- Vulneración
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 599/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar INEXEQUIBLE la Ley 738 de 2002 "Por la cual se adiciona un articulo al Codigo Penal".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.