Micelio
Sentencia de Constitucionalidad19 de febrero de 2004Sala Plena

C-131 de 2004

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Manuel Alberto Restrepo Medina

Tema · dato duro
Vehiculo Particular. Revisión Técnico Mecánica Bianual No Desconoce La Confianza Legítima
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Principio De La Buena Fe
  • Alcance
  • No es absoluto
  • Ponderación con otros principios en su aplicación para un caso concreto
Principio De Confianza Legitima
  • Alcance
  • Tiene fundamento en el principio de buena fe
  • Concepto
  • Irradia a la actividad judicial
  • No se opone a modificación de leyes
  • Presupuestos
Vehiculo Particular
  • Revisión técnico mecánica bianual
  • Revisión técnico mecánica bianual no desconoce la buena fe
  • Revisión técnico mecánica bianual no desconoce la confianza legítima
3 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 769 de 2002.

Art. 51 (p.).

Codigo nacional de transito terrestre.

Revision anual tecnico-mecanica vehiculos de servicio publico.

Particulares cada dos años.

Buena fe.

Confianza legitima.

Exequible.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 51Ley 769/02 «la expresión " y los de servicio diferente al servicio público cada dos años "»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (20 puntos)
  1. Declarar EXEQUIBLE la expresion "y los de servicio diferente al servicio publico cada dos anos" del articulo 51 de la Ley 769 de 2002, por los cargos analizados en la sentencia.
  2. CLARA INES VARGAS HERNANDEZ
  3. Presidenta
  4. JAIME ARAUJO RENTERIA
  5. Magistrado
  6. ALFREDO BELTRAN SIERRA
  7. Magistrado
  8. MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA
  9. Magistrado
  10. JAIME CORDOBA TRIVINO
  11. Magistrado
  12. RODRIGO ESCOBAR GIL
  13. Magistrado
  14. MARCO GERARDO MONROY CABRA
  15. Magistrado
  16. EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT
  17. Magistrado
  18. ALVARO TAFUR GALVIS
  19. Magistrado
  20. IVAN HUMBERTO ESCRUCERIA MAYOLO
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoRodrigo Escobar Gil
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.