C-780 de 2003
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Ariel De Jesus Cuspoca Ortiz
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Interés general implícito en la regulación legal es fundamento constitucional
- Si el Estado obliga a renovarla debe asumir los costos
- Sistema técnico de registro de conductores y de infracciones
- Antecedentes legislativos
- Mientras se encuentre vigente el particular no está obligado a renovarla
- Posibilidad de cobrar a los usuarios por renovación contraría el principio de la buena fe o el postulado de confianza legítima
- Renovación no desconoce la presunción de buena fe
- Sentencia deja abierta la posibilidad que el legislador pueda ordenar la renovación y cobrársela a los usuarios
- Vigencia indefinida
- Interpretación no puede ser aislada del resto de texto superior
- Improcedencia de pronunciamiento por omisión legislativa absoluta
- Incompetencia para conocer de las demandas de inconstitucionalidad por omisión legislativa absoluta
- Normas que lo integran tienen relación directa con los derechos de terceros y con el interés público
- Objetivo central de la regulación
- Ineptitud sustantiva de la demanda
- Adopción de medidas para prevenir efectos contrarios a derechos no vulnera el principio de buena fe
- No contraría principio de la buena fe
- Casos en que se presenta
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- Declarar EXEQUIBLE la expresion "Las licencias de conduccion que no cuenten con estos elementos de seguridad deberan ser renovadas de acuerdo con la programacion que expida el Ministerio de Transporte al respecto" contenida en el articulo 17 de la Ley 769 de 2002.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.