C-192 de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Arrieta Burgos Enán Enrique Y Otros·Demandado Ley 1257 De 2008
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Armonización
- Diferencias jurídicas con fundamento en el origen familiar
- Ponderación
- Exclusión de consecuencias jurídicas a los parientes civiles que se encuentran en el mismo grado de los consanguíneos vulnera el principio de igualdad
- Prohibición de discriminación por el origen familiar
- Alcance
- Configuración debe ser subsanada por el legislador
- Definición según el Código Civil
- Definición según el Código Civil
- Protección constitucional
- Prohibición al legislador
- Tipos
- Definición según el Código Civil
- Elementos que la configuran
- Configuración
- Existencia conlleva a sentencia integradora
- Contenido y alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 166, 170, 179 y 188B (parciales) de la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal.
Los demandantes consideran que las disposiciones acusadas violan el principio de igualdad en tanto incurren en una omisión legislativa relativa.
Ello, porque al extender su aplicación hasta un grado determinado de consanguinidad, pero limitarla solo al primer grado civil en estos mismos casos, termina desprotegiendo a los parientes civiles que quedan excluidos de las circunstancias agravantes, en los mismos términos que sí quedan protegidos los parientes vinculados por lazos de sangre.
La Corte concluyó que a los actores les asiste la razón y, por ello, declaró la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de las disposiciones acusadas, en el entendido que (i) la expresión “primero civil” contenida en el numeral 5 del artículo 166 del Código Penal, también comprende a los parientes civiles hasta el segundo grado inclusive.
(ii) la expresión “primero civil” contenida en el numeral 4 del artículo 170 del Código Penal, modificado por el artículo 28 de la Ley 1257 de 2008, también comprende a los parientes civiles hasta el cuarto grado inclusive.
(iii) la expresión “primero civil” contenida en el numeral 4 del artículo 179 del Código Penal, también comprende a los parientes civiles hasta el tercer grado inclusive y, (iv) la expresión “primero civil” contenida en el numeral 3 del artículo 188B (parcial) del Código Penal, modificado por el artículo 1 de la Ley 2168 de 2021, también comprende a los parientes civiles hasta el tercer grado inclusive.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 599/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE la expresión "
- primero. civil" contenida en el numeral 5 del artículo 166 del Código Penal, en el entendido de que también comprende a los parientes civiles hasta el
- segundo. grado inclusive.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE la expresión "
- primero. civil" contenida en el numeral 4 del artículo 170 del Código Penal, modificado por el artículo 28 de la Ley 1257 de 2008, en el entendido de que también comprende a los parientes civiles hasta el
- cuarto. grado inclusive.
- TERCERO. Declarar EXEQUIBLE la expresión "
- primero. civil" contenida en el numeral 4 del artículo 179 del Código Penal, en el entendido de que también comprende a los parientes civiles hasta el tercer grado inclusive.
- CUARTO. Declarar EXEQUIBLE la expresión "
- primero. civil" contenida en el numeral 3 del artículo 188B (parcial) del Código Penal, modificado por el artículo 1 de la Ley 2168 de 2021, en el entendido de que también comprende a los parientes civiles hasta el tercer grado inclusive.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.