C-465 de 2014
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Humberto De Jesus Longas Londoño·Demandado Ley 1607 De 2012
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reglas legales y jurisprudenciales que rigen su competencia para aprobación en primer debate de los proyectos de ley
- Asignación de competencias
- Distribución de proyectos de ley y de actos legislativos según la materia que regulen
- Competencia
- Jurisprudencia constitucional
- Posibilidad de contar con un índice de valorización diferencial
- Contenido
- Concepto
- Destinación específica
- Constitución de fondo especial para atender gastos de inversión social a cargo del ICBF, SENA y del Sistema de Seguridad Social en Salud
- Materia determinante para que las entidades territoriales establezcan la base del cobro de impuesto predial
- Condiciones
- Respeto de la regla de unidad de materia
- Contenido y alcance
- Modificaciones o adiciones al proyecto no vulnera el principio de publicidad
- Oportunidad para modificaciones de proyecto de ley
- No se circunscribe al acto de la mera presentación del proyecto de ley
- Vicio de trámite insubsanable durante su aprobación en el Congreso
- Diferencia entre publicación de proyecto de ley y publicación de la ponencia
- Falta de una nueva publicación del proyecto de ley es contraria a la Constitución
- Afectación de los principios de publicidad, participación y transparencia democrática al no publicar la nueva versión de proyecto de ley
- Finalidad
- Principio de especialidad
- Principio de unidad de materia
- Trámite en Comisiones Terceras de las cámaras
- Publicación del texto antes del primer debate
- Principio de publicidad
- Modificación hacía necesaria una nueva publicación
- No se predica de los contenidos exactos de los artículos, sino de los asuntos o temas regulados en la ley que los contienen
- Requisitos para su cumplimiento
- Alcance
- Competente para iniciar las acciones sancionatorias y de determinación de las Contribuciones Parafiscales de la Protección Social
- Importancia
- Competencia
- Contenido y alcance
- Contenido
- Inclusión de recursos al presupuesto
- Contenido
- Formas de lucha contra la evasión fiscal
- Justificación
- Finalidad
- Autorización para cubrir el sostenimiento de las madres comunitarias y sustitutas del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
- Configuración
- Debe ser un control flexible y, por ende, sólo es admisible la intervención del juez constitucional cuando qui
- Competencia para fijar los precios de los productos derivados del petróleo y gas natural para liquidar el impuesto sobre las ventas, exceptuando la gasolina y el ACPM, que se encuentran excluidos de este impuesto
- Manifestación de los principios democrático y de representación popular
- Condiciones
- Contenido
- No guarda relación de tipo lógico, sistemático, teleológico o causal con asuntos de contenido tributario
- Publicación
- Especialización del trabajo legislativo
- Modificaciones del presentado a iniciativa privativa del Gobierno
- Requisitos
- No pueden financiar el desarrollo de programas de competitividad y desarrollo productivo
- Sujetos destinatarios
- Interpretación finalista fundada en el principio de instrumentalidad de las formas
- No se agota con la facultad de presentar un proyecto
- Desconocimiento del principio de unidad de materia
- Principios
- Función de elaborar estudios para determinar asuntos de marcada naturaleza financiera, desconoce el principio de unidad de materia en el contexto de una ley de contenido tributario
- Cruce de cuentas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley 1607 de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones.
Se presentaron seis cargos entre los que se destacan, el que se dirigió contra la totalidad de la ley por un presunto vicio procedimental, consistente en la falta de publicación del proyecto de ley iniciativa del Gobierno y, los señalados también como vicios procedimentales, por la violación al principio de unidad de materia y al hecho de haber sido debatidos por Comisiones Constitucionales Permanentes que, a juicio del actor, no eran competentes.
Se declara la exequibilidad de la Ley 1607 de 2012, por el cargo relativo a la falta de publicación del proyecto presentado al Congreso de la República.
Igualmente, se declaran exequibles, por los demás cargos analizados, los artículos 20 (parágrafos 1, 2 y 3), 24, 25, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 36, 69, 71, 72, 122, 123, 124, 142, 167 (parágrafos 3 y 4), 172, 178, 179, 180, 185, 190 y 196.
Por último, se declara la inexequibilidad de los artículos 151, 152, 153, 154, 155, 189 y 191 de la Ley 1607 de 2012, en cuanto regulan materias distintas a la que es preponderante en el mencionado cuerpo normativo, no existiendo en ninguno de estos casos relación ni sistemática, ni teleológica, ni causal, ni lógica con la materia tributaria regulada en dicha norma.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la ley 1607 de 2012 por el cargo relativo a la falta de publicacion del proyecto presentado al Congreso de la Republica.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLES por los demas cargos analizados los articulos 20 - paragrafos 1o, 2o y 3o-, 24, 25, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 36, 69, 71, 72, 122, 123, 124, 142, 167 -paragrafos 3o y 4o-, 172, 178, 179, 180, 185, 190 y 196 de la ley 1607 de 2012
- Tercero. Declarar INEXEQUIBLES los articulos 151, 152, 153, 154, 155, 189 y 191 de la ley 1607 de 2012.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.