C-386 de 1996
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Jaime Enrique Lozano
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Calidades de los miembros
- Investigadores no abogados
- Improcedencia de consagrar privilegios en leyes
- Suspensión del cargo
- Solicitud de informes y documentos
- Ratificación
- Captura en flagrancia
- Naturaleza
- Ejecución
- Autonomía
- Alcance de funciones judiciales
- Publicidad de sus actos
- Servidor público
- Facultad de reglamentación
- Improcedencia de limitar intervención en procesos
- Difusión de sus decisiones
- Intervención en proyectos de ley
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 5/92. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (13 puntos)
- Primero. Estarse a lo resuelto en:
- a) La sentencia C-025/93, que declaró inexequible el parágrafo del artículo 267 de la Ley 5º de 1992
- b) La sentencia C-245/96, que declaró exequible el artículo 337 de la Ley 5º de 1992
- c) La sentencia C-385/96 que declaró exequible la expresión "al defensor" del artículo 340 de la Ley 5º de 1992, "bajo la condición de que se entienda que el traslado debe darse no sólo al defensor sino a los demás sujetos procesales".
- Segundo. Declarar EXEQUIBLES:
- a) Los artículos 88, 260 y 334 de la Ley 5º de 1992.
- b) El inciso final del artículo 331 de la Ley 5º de 1992
- c) Las expresiones "y acogerse a las normas que para su intervención fije la mesa directiva" del artículo 230, "o haber pertenecido a la misma Comisión" del artículo 327, y "en este último caso deberá proponer la cesación de procedimiento" del artículo 345 de la Ley 5º de 1992.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE el artículo 258 de la Ley 5º de 1992, salvo la expresión "su omisión obligará la designación de un agente especial de la Procuraduría General de la Nación a fin de que se proceda de conformidad y sin perjuicio de los dispuesto en el siguiente artículo", la cual es INEXEQUIBLE.
- Cuarto. Declarar EXEQUIBLE el artículo 259 con excepción de la expresión "que pueden llegar a calificarse por las Cámaras respectivas como de mala conducta por parte del funcionario responsable", la cual es INEXEQUIBLE.
- Quinto. Declarar INEXEQUIBLES:
- a) El inciso final del artículo 277 de la Ley 5º de 1992
- b) Las expresiones "con la máxima autoridad" del artículo 219 y "no tendrá, sin embargo, facultades de sujeto procesal" del artículo 364 de la Ley 5º de 1992.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.