Micelio
Sentencia de Constitucionalidad31 de octubre de 2012Sala Plena

C-891 de 2012

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Alba Betty Cardona Duque·Demandado Ley 1421, Articulo 8, Inciso 4

Tema · dato duro
Reglamentacion Del Caracter De Sujetos Pasivos Y Base Impositiva Por Parte Del Ministerio Del Interior En Materia De Aportes Voluntarios A Fondos Cuenta Territoriales. Vulneración Del Principio De Legalidad Tributaria
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Legislador
  • En virtud del principio de autonomía no puede exigirse que defina todos los elementos del tributo, pues ello también corresponde a los órganos de las entidades territoriales
Reglamentacion Del Caracter De Sujetos Pasivos Y Base Impositiva Por Parte Del Ministerio Del Interior En Materia De Aportes Voluntarios A Fondos Cuenta Territoriales
  • Desconoce que los órganos de elección popular son quienes directamente deben señalar los
  • Vulneración del principio de legalidad tributaria
Potestad Reglamentaria
  • Límites
  • No establecimiento de elementos esenciales de la obligación tributaria
Principio De Autonomia Fiscal
  • Contenido y alcance
  • Manifestaciones
Principio De Legalidad En Materia Tributaria
  • Elementos mínimos
  • Características
  • Desconocimiento
  • Jurisprudencia constitucional
  • Contenido y alcance
Tributo Territorial
  • Hipótesis de autorización legislativa de creación
  • Reglas jurisprudenciales sobre intervención del legislador en la regulación
Tasas
  • Características esenciales que las diferencian de los impuestos y las contribuciones
Entidades Territoriales
  • Autonomía para la gestión de sus intereses, dentro de los límites de la Constitución y la Ley, pudiendo administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones
Principio De Certeza Tributaria
  • Jurisprudencia constitucional
Principio De Legalidad Del Tributo
  • No señalamiento claro y preciso de elementos esenciales
Tributo Nacional
  • Señalamiento legislativo de componentes
18 temas · 26 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso cuarto del parágrafo del artículo octavo de la Ley 1421 de 2010, por medio de la cual se prorroga la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002 y 1106 de 2006.

La demandante considera que el siguiente aparte normativo “El carácter de los sujetos pasivos y la base impositiva del tributo serán reglamentados por el Ministerio del Interior y de Justicia” desconoce lo dispuesto por el artículo 338 de la Constitución Política.

La Corte concluyó que el Legislador no podía conferir al Ministerio del Interior y de Justicia facultad para reglamentar el carácter de los sujetos pasivos y la base impositiva del tributo creado por la norma demandada, habida cuenta que son los órganos de elección popular quienes directamente deben señalar los sujetos activo y pasivo, el hecho y la base gravable, así como la tarifa de las obligaciones tributarias, como exigencia que emana del artículo 338 superior.

Se declara la INEXEQUIBILIDAD del aparte demandado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 418/97. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 418/97INEXEQUIBLE
Art. 8Ley 1421/10INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«parágrafo inciso 4»
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (22 puntos)
  1. PRIMERO. Declarar inexequible el inciso
  2. cuarto. del paragrafo del articulo 8o de la Ley 1421 de 2010.
  3. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
  4. Presidente
  5. MARIA VICTORIA CALLE CORREA
  6. MAURICIO GONZALEZ CUERVO
  7. Magistrado
  8. Magistrado
  9. Ausente con excusa
  10. LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
  11. ALEXEI EGOR JULIO ESTRADA
  12. Magistrado
  13. Magistrado
  14. JORGE IVAN PALACIO PALACIO
  15. NILSON PINILLA PINILLA
  16. Magistrado
  17. Magistrado
  18. JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
  19. LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
  20. Magistrado
  21. Magistrado
  22. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.