Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de abril de 2005Sala Plena

C-382 de 2005

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Rafael Fandiño Ilia

Tema · dato duro
Proceso De Liquidacion De Entidad Publica Nacional Y Proceso De Liquidacion De Entidad Publica Del Orden Territorial. Principio De Igualdad En Lo Relativo A La Cancelación De Medidas Cautelares En Proceso Ejecutivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Proceso De Liquidacion De Entidad Publica
  • Cancelación de embargos en procesos ejecutivos lejos de restringir el derecho de acceso a la administración de justicia, constituyen un medio para materializar tal derecho en igualdad de oportunidades
  • Objetivo del fuero de atracción
  • Principio de independencia judicial en disposición que determina como función del liquidador la de oficiar a las autoridades judiciales y de registro sobre la apertura de la liquidación
Cosa Juzgada Constitucional
  • Inexistencia por cargos distintos
  • Casos en que se han formulado cargos relacionados con el principio de igualdad
  • Configuración
Proceso De Liquidacion De Entidad Publica Nacional Y Proceso De Liquidacion De Entidad Publica Del Orden Territorial
  • Principio de igualdad en lo relativo a la cancelación de medidas cautelares en proceso ejecutivo
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 254 de 2000 articulos y 6 (parciales).

Por el cual se expide el regimen para la liquidación de las entidades publicas del orden nacional.

Iniciacion del proceso de liquidacion y funciones del liquidador.

La iniciación del proceso de liquidación conlleva la cancelación de los embargos que hubiesen sido decretados con anterioridad a la vigencia del decreto.

Inexistencia de cosa juzgada constitucional en virturd de lo resuelto en las sentencias <a href=../2001/c-140-01y.rtf> c-140/01</a><a href=../2002/c-291-02.rtf> c-291/02</a>salvo en cuanto al cargo generico basado en el debido proceso.

La corte ha precisado que el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia se traduce en la posibilidad reconocida a todas las personas residentes en colombia de poder acudir en condiciones de igualdad ante los jueces y tribunales de justicia para propugnar por la integridad del orden juridico y por la debida proteccion o el restablecimiento de sus derechos e intereses legitimos.

El principio de igualdad obliga al estado en este caso al legislador a impartir un trato igual a las personas que se encuentran en condiciones comparables.

Estese a lo resuelto en <a href=../2001/c-140-01y.rtf> c-140/01</a>exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 254/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaDecreto 254/00EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. ESTESE A LO RESUELTO en la sentencia C-140 de 2001, en relacion con el cargo por violacion del debido proceso.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLES los apartes demandados del articulo 2, literal d) y paragrafo 2o, y el articulo 6, literales d) y e), del Decreto 254 de 2000, por los cargos estudiados en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible5
Salvamento parcialAlfredo Beltrán SierraAclaraciónAlvaro Tafur GalvisAclaraciónRodrigo Escobar GilSalvamentoJaime Araujo RenteríaSalvamentoClara Ines Vargas Hernandez
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.