C-092 de 2002
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Gustavo Adolfo Uñate Fuentes
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance de la expresión según la Constitución
- Es un “menor”
- Medios de garantía del cumplimiento y pago de la obligación
- Primera clase
- Quinta clase
- Sistema de preferencias
- Clases
- Clasificación de preferencias
- Cuarta clase
- Orden de pago en primera clase
- Segunda clase
- Tercera clase
- Distinción para efectos de participación
- Concepto según la Constitución
- Ser humano menor de dieciocho años
- Pago al titular
- Utilización del término en la Constitución
- Definición
- Interpretación restrictiva
- Alimentos prevalecen sobre demás créditos de primera clase
- Referencia al concepto de relación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo civil.
Art. 2495 num. 5 aparte adicionado por el decreto 2737 de 1989 art. 134.
Prelacion de creditos.
Alimentos a favor de menores.
Prevalencia de los derechos de los niños.
Inexequible y exequible.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2737/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Declarar INEXEQUIBLE la expresión "la quinta causa de", contenida en el numeral 5 del artículo 2495 del Código Civil, adicionado por el artículo 134 del Decreto 2737 de 1989, y EXEQUIBLE en forma condicionada el resto de la misma disposición, esto es, siempre que se entienda que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás, y que los créditos por alimentos en favor de menores prevalecen sobre todos los demás de la primera clase.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.