Sentencia de Tutela13 de mayo de 1994
T-230 de 1994
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Juan De Jesus Jimenez
✓
Tema · dato duro
Ders. Sindicales. Coopfebor. Discriminacion En Las Relaciones Laborales. Der. A La Igualdad. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Horario De Trabajo
- Variación
Horas Extras
- Discrecionalidad
- Beneficio
Derecho A La Igualdad
- Trato diferenciado
Libertad Patronal
- Límites
Sindicato
- Discriminación con los afiliados
- Naturaleza
Principio De Igualdad
- Contenido
19 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juez
- Noveno. Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogota y, en su lugar, conceder la tutela solicitada por Juan de Jesus Jimenez y, en consecuencia ORDENAR a la cooperativa de trabajadores Coopfebor que suspenda la conducta discriminatoria frente al peticionario, relativa al otorgamiento de tiempo suplementario.
- SEGUNDO. LIBRESE comunicacion al Juzgado
- Noveno. Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogota con miras a que se surta la notificacion de esta providencia, segun lo establecido en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- TERCERO. ORDENAR al Juez
- Noveno. Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogota que vigile el cumplimiento de la presente providencia e imponga las sanciones correspondientes, de acuerdo con lo previsto en los articulos 52 y 53 del decreto 2591 de 1991, en el evento de que persista la practica discriminatoria a que alude esta sentencia, para lo cual recibira las quejas que a este respecto se presenten y comprobara los hechos que las sustenten.
- Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Citada por231
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Ver las 231 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.