C-028 de 2019
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Josue Daniel Cristinao Jacome·Demandado Decreto Ley 2663 De 1950
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación del test leve, mediano o estricto
- Requisitos para pactar válidamente el periodo de prueba
- Contenido
- Jurisprudencia constitucional
- Ámbito de aplicación
- Jurisprudencia constitucional
- Reglas jurisprudenciales
- Carácter relacional
- Excepción al principio constitucional de la estabilidad en el empleo
- Objeto
- Inexequibilidad de la presunción del período de prueba
- Norma acusada debió ser declarada constitucional porque establece una diferencia razonable y proporcional, mas no un tratamiento discriminatorio
- Finalidad y alcance
- Requisitos
- Definición
- Infravaloración histórica
- Obligación estatal de asegurar a las personas vinculadas, condiciones decentes de trabajo y, especialmente, la plena vigencia del principio de igualdad
- Situación de vulnerabilidad
- Metodología de análisis
- Etapas
- Modalidades según grado de intensidad
- Criterios
- Límites constitucionales a la facultad del empleador de terminar unilateralmente el vínculo laboral
- Juicio o test de igualdad
- Mandatos que comprende
- Método de análisis constitucional
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 77, numeral 2º del Decreto Ley 2663 de 1950, sobre Código Sustantivo de Trabajo.
El demandante aduce que la norma cuestionada vulnera los artículos 13, 25 y 53 de la Constitución Política.
Lo anterior, al incorporar la presunción que los 15 primeros días laborados por los trabajadores del servicio doméstico se entienden como período de prueba, lo que entraña un trato desigual y una clara desprotección frente a los demás empleados para quienes, de no haberse estipulado por escrito el respectivo tiempo para el período de prueba, estarían regulados por las normas generales del contrato de trabajo, es decir, que se entendería como no existente y no podría alegarse por parte del empleador en caso de presentarse un despido injusto.
Además alegó que desconoce que el derecho al empleo proporciona unas condiciones dignas y justas y que esto cobija también a quienes prestan servicios en las labores del hogar.
La Corte concluye que la presunción del período de prueba aplicable únicamente a los trabajadores domésticos configura una discriminación que no se justifica frente a los demás trabajadores y por tanto vulnera el derecho a la igualdad y el principio de estabilidad laboral.
Precisa, que como ocurre con todos los trabajadores, el período de prueba no se presume sino que debe ser pactado expresamente.
INEXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE el numeral 2deg del articulo 77 del Decreto Ley 2663 de 1950 que dice "En el contrato de trabajo de los servidores domesticos se presumen como periodo de prueba los primeros quince (15) dias de servicio"
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.