Micelio
Sentencia de Constitucionalidad19 de mayo de 2010Sala Plena

C-376 de 2010

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Camilo Ernesto Castillo Sanchez Y Otro·Demandado Ley 115 De 1194 Articulo 183

Tema · dato duro
Gratuidad De Educacion Basica Primaria En Establecimientos Educativos Estatales. Obligación De Exigibilidad Inmediata
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Comite De Derechos Economicos, Sociales Y Culturales (Cdesc)
  • Observaciones como criterio hermenéutico de la garantía de la gratuidad en la educación primaria
Derecho A La Educación
  • Comprende cuatro dimensiones de contenido prestacional según la jurisprudencia y la doctrina
  • Reglas de edad no son excluyentes
  • Características
  • Marco normativo internacional que prevé su gratuidad y obligatoriedad
Gratuidad De La Educacion Publica
  • Instrumentos internacionales que la prevén
Sentencia Condicionada
  • Aplicación por eventual interpretación contraria a la Constitución
Principio De Gratuidad De La Educacion Primaria
  • Imperativo para el Estado en instrumentos internacionales
Derechos Academicos En Establecimientos Educativos Estatales
  • Regulación sólo aplica respecto de la educación secundaria y superior
Gratuidad De La Educacion Publica En Colombia
  • Antecedentes en la Asamblea Nacional Constituyente
Gratuidad Y Obligatoriedad De La Educacion Primaria
  • Interpretación con base en la Constitución y Tratados internacionales de derechos humanos
Principio Pro Homine
  • Concepto
  • Aplicación
13 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 115 de 1994, artículo 183 “Por la cual se expide la ley general de educación”, la norma acusada regula, el cobro de los derechos académicos en los establecimientos educativos estatales, los accionantes consideran que la norma acusada vulnera los artículos 93, 44 y 67 constitucionales ya que el cobro de dichos derechos académicos, contraviene el derecho internacional que garantiza el derecho a la educación contemplada como gratuita y obligatoria en el nivel de primaria.

La Sala se pronuncia sobre el marco normativo internacional en cuanto a las obligaciones del Estado colombiano en materia de garantía del derecho a la educación, la inequívoca obligación del Estado colombiano de garantizar un sistema gratuito de educación primaria, el derecho fundamental de los niños a la educación, los costos académicos como barreras para la garantía del acceso y permanencia de los menores en la educación, el desarrollo normativo sobre la gratuidad y la obligatoriedad de la educación estatal básica primaria, en el orden jurídico interno, la interpretación del artículo 67 de la Constitución y de conformidad con los tratados internacionales sobre el derecho a la educación, se concluye que la educación gratuita es una obligación impuesta al Estado en el marco normativo internacional por lo tanto se declara Exequible la norma acusada, en el entendido que la competencia que la misma otorga al Gobierno Nacional para regular cobros académicos en los establecimientos educativos estatales, no se aplica en el nivel de educación básica primaria, la cual es obligatoria y gratuita.

Exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 115/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar la EXEQUIBILIDAD condicionada del articulo 183 de la Ley 115 de 1994, en el entendido que la competencia que la norma otorga al Gobierno Nacional para regular cobros academicos en los establecimientos educativos estatales, no se aplica en el nivel de educacion basica primaria, la cual es obligatoria y gratuita.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.