Micelio
Sentencia de Constitucionalidad8 de marzo de 2004Sala Plena

C-224 de 2004

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Marcela Patricia Jimenez Arango

Tema · dato duro
Derechos Fundamentales Al Sufragio Y A La Educacion En Estimulos Al Sufragante-Violación Por Fomentar El Clientelismo Y La Politiquería Al Interior De Establecimientos Privados De Educación Superior
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Abstencion En Materia De Elecciones
  • Restricción al ejercicio libre del voto
  • No existencia de facultad legislativa para prohibirla, sancionarla o discriminarla
Derecho Al Sufragio
  • Componente de libertad y componente prestacional
  • Participación o no en evento electoral no altera condición de ciudadano ni conlleva a ser considerado más "bueno" que otro
  • Prohibición de adoptar medidas que sancionen o discriminen el comportamiento abstencionista
Derechos Fundamentales Al Sufragio Y A La Educacion En Estimulos Al Sufragante
  • Violación por estrategia de mercadeo al facultar a universidades no oficiales bajar el costo de la matrícula
  • Violación por fomentar el clientelismo y la politiquería al interior de establecimientos privados de educación superior
Derechos
  • Clasificación desde una perspectiva individual
Estimulos Al Sufragante
  • Diferencia de trato entre quienes sufragan y no lo hacen dando calificativo de "buenos ciudadanos"
  • Inconstitucionalidad de referencia normativa a "buenos ciudadanos"
Incentivos O Estimulos Legales Para El Sufragante
  • Doctrina constitucional sobre reconocimiento
Ley
  • Adjetivo calificativo discriminatorio, odioso y ofensivo
Sufragio Como Deber
  • Incumplimiento no genera consecuencias sancionatorias o discriminatorias
  • Alcance
Sufragio Como Derecho A La Participacion Politica
  • Derecho complejo
  • Aspectos que comprende núcleo esencial
Sufragio
  • Derecho fundamental de aplicación inmediata
Voto
  • Importancia
  • Concepto
  • Derecho y deber ciudadano
  • Ambito de protección como derecho libertad
Lenguaje Legal
  • Debe estar acorde con principios y valores constitucionales
Unidad Normativa
  • Casos en que procede integración
  • Improcedencia de integración por gozar de contenido propio, autónomo y separable
  • Improcedencia de integración por no estar dadas las condiciones jurídicas
  • Improcedencia de integración por no cumplirse los presupuestos
Cosa Juzgada Constitucional
  • Descuento en valor de matrícula a quienes hayan sufragado en eventos de participación ciudadana directa
Derecho Al Voto
  • Carácter fundamental
  • No es un derecho prestacional
Estimulos Al Sufragante En Proceso Electoral
  • No resulta contrario a la Constitución
Estimulos Al Votante
  • Validez constitucional tratándose de comicios electorales
Principio De Igualdad Y Derecho A La Libertad Del Elector En Estimulos Al Sufragante
  • Violación por calificativo de "buenos ciudadanos" a quienes acrediten haber sufragado
24 temas · 38 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 815 de 2003.

Art 2.

Num 6.

Aclara la ley 403 de 1997.

Libertad del elector.

Establece nuevos estimulos al sufragante.

Eventos de participacion ciudadana directa.

Descuento en matricula estudiantes pregrado y posgrado por sufragar en elecciones.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 403/97. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Ley 403/97INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«el numeral 6° del artículo 2° que fue edicionado por la Ley 815 de 2003.»
Art. 2Ley 815/03INEXEQUIBLE· parcial
Expresión declarada inexequible«Numeral 6.»
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E
  3. PRIMERO. En relacion con la expresion "o eventos de participacion ciudadana directa", contenida en el numeral 6deg del articulo 2deg de la Ley 815 de 2003, ESTESE a lo resuelto en la Sentencia C-041 del 27 de enero de 2004, que a su vez la declaro INEXEQUIBLE.
  4. SEGUNDO. DECLARAR INEXEQUIBLE el numeral 6deg del articulo 2deg de la Ley 815 de 2003, que senala:
  5. "6. Como una contribucion a la formacion de buenos ciudadanos, las universidades no oficiales podran establecer, dentro de sus estrategias de mercadeo, un descuento en el valor de la matricula de los estudiantes de pregrado y postgrado que acrediten haber sufragado en las ultimas elecciones.
  6. Paragrafo. Las universidades que voluntariamente establezcan el descuento en la matricula no podran trasladar a los estudiantes el valor descontado ni imputarlo como costo adicional en los reajustes periodicos legalmente autorizados. El Gobierno otorgara reconocimientos especiales e incentivos a las universidades que den aplicacion al estimulo electoral previsto en este numeral."
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
Salvamento parcialRodrigo Escobar GilSalvamento parcialJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.