Sentencia de Tutela11 de junio de 2003
T-487 de 2003
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Carlos Parra Dussan Vs. Registraduria Nacional Del Estado Civil Y Otro
✓
Tema · dato duro
Derechos Al Voto Secreto E Igualdad Real De Personas Invidentes. Elaboracion Tarjetas Electorales Para Usuarios Del Sistema Braille. Participacion Ciudadana. Ejercicio Del Voto Sin Necesidad De Acompañante. Confianza Legitima. Inci. Concedida
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho Al Voto De Invidente
- Expedición de tarjetas electorales en sistema braille
Invidente
- Igualdad real y efectiva
- Protección estatal para ejercer el derecho al voto
Registraduria Nacional Del Estado Civil
- Competencia para diseño y elaboración de tarjetas electorales
- Supresión de tarjetas electorales en sistema braille que anteriormente suministraba
- Adopción de medidas conducentes a lograr la participación política de los invidentes
- Expedición de tarjetas electorales en sistema braille
Principio De Confianza Legitima
- Alcance
- Límites a la administración para modificar o revocar las medidas que implementa
- Vulneración por supresión de la Registraduría de tarjetas electorales en sistema braille
Derecho A La Igualdad Real Y Efectiva De Invidente
- Expedición de tarjetas electorales en sistema braille
Derecho A La Igualdad
- Tratamiento diferente a invidentes para ejercer su derecho al voto
Derecho A La Participacion Politica De Invidente
- Expedición de tarjetas electorales en sistema braille
Derecho Al Voto
- Secreto y autónomo
Estado
- Deber de suministrar los medios para garantizar el derecho al voto
9 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado Dieciséis (16) Penal del Circuito, en primera instancia, el quince (15) de marzo de 2002, y por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá - Sala Penal -, en segunda instancia, el tres (03) de mayo de 2002, dentro del proceso de tutela de la referencia.
- SEGUNDO. CONCÉDASE el amparo constitucional de los derechos fundamentales al voto y a la igualdad solicitado por Carlos Parra Dussan.
- TERCERO. ORDÉNESE a la Registraduría Nacional del Estado Civil la expedición de tarjetas electorales transcritas al sistema braille, y su suministro a los invidentes que las requieran, durante los comicios electorales que a partir de este momento se celebren.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a18
C-940/02Principio De No Discriminacion En Decreto Legislativo De Adicion A Impuesto Decretado En Conmocion Interior. Nivel De Intensidad Del Control Por Privilegio En ExenciónC-708/02Cosa Juzgada Constitucional En Permiso Hasta De Setenta Y Dos Horas A CondenadosC-836/01Doctrina Probable De La Corte Suprema De Justicia. Variación Por Juzgar Erróneas Decisiones AnterioresC-142/01Derecho Al Voto En El Estado De Derecho. Sujeción De EjercicioT-1072/00Debido Proceso. Derecho A La Defensa A La Igualdad. Via De Hecho Judicial. Interpretacion Y Aplicacion De La Ley. Deber De Proteccion De Las Personas En Situacion De Debilidad Manifiesta. Anulacion Fallo En Proceso Ejecutivo Singular. Bic-Bancolombia. Concedida.C-952/00Decreto 410 De 1971. Art.828. Codigo De Comercio. Decreto 960 De 1970. Art.70. Estatuto Del Notariado. Derecho De Igualdad. Principio De La No Discriminacion De Persona Invidente. Exequibles.
Ver las 18 →Citada por14
T-343/23Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado-Regulación Paritaria De Las Visitas Íntimas Y Familiares A Las Personas Privadas De La Libertad.C-165/23Revision Oficiosa Constitucionalidad De Ley Aprobatoria De Tratado Internacional.T-245/22Derecho A La Participación Democrática, Al Voto Y A La Igualdad De Las Personas Del Pueblo Embera Dobida, En Especial, De Sus Mujeres-Vulneración Ante La Persistencia De Obstáculos Recurrentes En Los Procesos Electorales, Que Impiden El Pleno Ejercicio De Estos Derechos A Las Comunidades Indígenas.C-015/20Suspensión Provisional Del Investigado, Durante El Proceso Disciplinario.T-009/18Proteccion Constitucional Del Derecho A La Diversidad Étnica Y Cultural. Naturaleza Jurídica De Medidas Cautelares Decretadas Por La Cidh Y Su Caracter Vinculante.T-650/17Autonomia Politica, Administrativa Y Judicial De Pueblos Indigenas.
Ver las 14 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.