Micelio
Sentencia de Constitucionalidad29 de octubre de 2002Sala Plena

C-917 de 2002

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Lisstte Adriana Murcia Rincon

Tema · dato duro
Ministerio De Justicia Y Del Derecho En Materia De Centros De Conciliacion. Control, Inspección Y Vigilancia En Trámites Burocráticos
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Consejo Superior De La Judicatura En Materia De Centros De Conciliacion Y Conciliadores
  • Reglamentación que afecta funcionamiento de administración de justicia
Ente Administrativo
  • Potestad de regulación
Funcion Administrativa
  • Ejecución de medidas
  • Resolución de cometidos fijados por reglas del legislador
Funcion Conciliadora
  • Carácter jurisdiccional
Ley
  • Aplicación
  • Reglamentación
  • Afinamiento
  • Asignación gradual de potestad de reglamentación
  • Ejecución o aplicación
  • Imposibilidad de previsión total
  • Organismos de reglamentación
  • Microrregulación
Ministerio
  • Funciones concretas
  • Fundamento constitucional de competencias
  • Potestad de regulación
Organismo
  • Potestad normativa exclusiva y excluyente
  • Competencias de regulación exclusivas
Potestad Reglamentaria Del Consejo Superior De La Judicatura
  • Exclusividad
  • Exclusividad en trámite judicial y administrativo de despacho judicial
Potestad Reglamentaria Del Ministerio
  • Competencia residual en la especialidad
  • Facultad residual
Potestad Reglamentaria
  • Competencia
  • No es exclusiva
Unidad Normativa
  • Finalidad de la integración
Consejo Superior De La Judicatura
  • Potestad de regulación conferida por la Constitución
  • Reglamentación de función conciliadora
Entes Autonomos
  • Potestad de regulación
Ministerio De Justicia Y Del Derecho En Materia De Centros De Conciliacion
  • Control, inspección y vigilancia en trámites burocráticos
  • Facultades de control, inspección y vigilancia
Ministerio De Justicia Y Del Derecho
  • Facultad regulativa de aspectos propios de la cartera
Organismo Administrativo
  • Facultad regulativa residual
Reglamentacion
  • Fuentes diferentes
23 temas · 39 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 640 de 2001.

Art. 18 (p.).

Conciliacion.

Control inspeccion y vigilancia del ministerio de justicia y del derecho.

Excepto jueces centros de conciliacion y/o arbitraje.

Imposicion sanciones.

Potestad de regulacion de entes administrativos.

Facultad re

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 640/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 18Ley 640/01EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E
  3. PRIMERO. EXEQUIBLES las siguientes expresiones contenidas en el artículo 18 de la Ley 640 de 2001, "Control, inspección vigilancia. El Ministerio de Justicia y del Derecho tendrá funciones de control, inspección y vigilancia sobre", "los centros de conciliación y/o arbitraje.", la expresión "control" se declara EXEQUIBLE en el entendido que se circunscribe a las obligaciones y sanciones que están contempladas en la ley. Así mismo se declara EXEQUIBLE la expresión "el Ministerio de Justicia y del Derecho podrá imponer las sanciones a que se refiere el artículo 94 de la Ley 446 de 1998".
  4. SEGUNDO. INEXEQUIBLE las siguientes expresiones del artículo 18 de la Ley 640 de 2001 "los conciliadores con excepción de los jueces y sobre". Así mismo, se declara INEXEQUIBLE las siguiente expresión "Para ello podrá instruir sobre la manera como deben cumplirse las disposiciones que regulen su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabal aplicación".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.