C-201 de 2002
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Antonio Eduardo Bohorquez Collazos
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Legalidad del despido
- Celebración
- Interés particular cede
- Contenido y alcance
- Núcleo esencial
- Designación de miembros de comisión estatutaria de reclamos
- Reclamaciones de minoritarios y mayoritarios que coexistan en una misma empresa
- Dimensiones
- Ejercicio a la luz de principios democráticos
- Concreción de uso extensivo de la democracia
- Convenios de la OIT
- Participación de sindicatos minoritarios en designación de miembros de comisión estatutaria de reclamos
- Restricciones que no vulneren núcleo esencial
- Nueva dimensión constitucional
- Efectividad de derechos derivados de la relación de trabajo
- Límites a marco regulatorio del legislador
- No son absolutos
- Constitución sujeta a marco regulatorio general del legislador
- Mecanismos de protección
- Regulación legislativa sobre número de trabajadores para constituir una organización
- Restricciones por el legislador
- Finalidad
- Ampliación por la Constitución
- Daño es la medida del resarcimiento en materia de despido ilegal
- Empleador no puede invocar justa causa para desmejora de condiciones laborales
- Ius variandi no puede ejercerse por empleador sin autorización judicial
- No desmejora de condiciones de trabajo
- Actividad de dirección no puede desmejorar condiciones de trabajo
- Desmejora de condiciones laborales no puede autorizarse por el juez
- Efectos jurídicos del despido ilegal
- Existencia en una empresa de una sola comisión estatutaria
- Finalidad
- Finalidad y definición
- Función de comisión estatutaria de reclamos
- Indemnización integral por despido ilegal
- Indemnización por despido ilegal
- Negativa de permiso por juez para desmejorarlo sino comprobare justa causa
- Imputación al empleador por incumplimiento de obligaciones salariales
- Concepto de “salario”
- Entendimiento de la expresión “obligaciones salariales"
- No ampliación a situación que exceda ámbito de relación de trabajo y empresa en que se labora
- Reglamentación por legislador
- Sustento constitucional
- Definición
- Ejercicio por incumplimiento de obligaciones distintas a las económicas
- Equilibrio de cargas
- Límites
- Remuneración por el trabajo realizado
- Razonabilidad del número mínimo de afiliados para constitución
- Cancelación o suspensión de personería jurídica por vía judicial
- Causales de disolución
- Designación de miembros de comisión estatutaria de reclamos debe ser democrática
- No legitimación del empleador para solicitar disolución, liquidación y cancelación de la inscripción
- Número mínimo de afiliados para constitución o subsistencia
- Solicitud del empleador de disolución ante juez laboral
- Solicitud del Ministerio de Trabajo o quien demuestre interés jurídico de disolución ante juez laboral
- Disolución por reducción de afiliados
- Disolución, liquidación y cancelación de personería por declaración judicial
- Facultad del Ministerio de Trabajo o quien demuestre interés jurídico de solicitar disolución, liquidación y cancelación de inscripción en registro sindical
- Mecanismo antidemocrático de elección de miembros de comisión estatutaria de reclamos
- Participación del minoritario en designación de miembros de comisión estatutaria de reclamos
- Razonabilidad de número no inferior a veinticinco afiliados para constitución o subsistencia
- Representación individual por comisión estatutaria de reclamos o acuerdos con otro
- Carácter abstracto
- Improcedencia sobre una mera hipótesis de aplicación de la norma o eventualidad
- Restricción
- Legislador puede permitir presentación de pliego de condiciones
- Distinción entre trabajadores oficiales y empleados públicos
- Garantía
- Negociación libre y voluntaria con empleadores de condiciones laborales
- No restricción ilegítima en principio
- Solicitud de disolución ante el juez respectivo
- No exclusión de minorías
- No es un derecho
- Justificación
- No presentación de pliego de condiciones ni celebración de convenciones colectivas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo sustantivo del trabajo.
Arts. 359 (p.) 379-e (p.) 401 (p.) 405 406 (p.) 408 (p.) y 467.
Decreto 2351 de 1965.
Art. 25.
Constitucion y liquidacion sindicato base de trabajadores.
Numero minimo de afiliados.
Disolucion.
Competencia del legislador.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "Todo sindicato de trabajadores necesita para constituirse o subsistir un numero no inferior a veinticinco (25) afiliados" contenida en el articulo 359 del Codigo Sustantivo del Trabajo.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos de la demanda, la expresion "y de huelga imputable al empleador, por incumplimiento de las obligaciones...con sus trabajadores", bajo el entendido que conforme a la Constitucion Politica, la prohibicion aqui establecida no impide promover la huelga por solidaridad; e INEXEQUIBLE la expresion "salariales", contenidas en el literal e) del articulo 379 del Codigo Sustantivo del Trabajo.
- TERCERO. Declarar EXEQUIBLE el literal d) del articulo 401 del Codigo Sustantivo del Trabajo.
- CUARTO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o quien demuestre tener interes juridico", contenida en el literal e) del articulo 401 del Codigo Sustantivo del Trabajo.
- QUINTO. Declarar EXEQUIBLE el articulo 405 del Codigo Sustantivo del Trabajo, solamente por los cargos analizados en esta sentencia.
- SEXTO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "sin que pueda existir en una empresa mas de una (1) comision estatutaria de reclamos", e INEXEQUIBLE la expresion "Esta comision sera designada por la organizacion sindical que agrupe el mayor numero de trabajadores", contenidas en el literal d) del articulo 406 del Codigo Sustantivo del Trabajo.
- SEPTIMO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "o para desmejorarlo" contenida en el inciso
- primero. del articulo 408 del Codigo Sustantivo del Trabajo, solamente por los cargos analizados en esta sentencia.
- OCTAVO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "a titulo de indemnizacion", contenida en el inciso
- segundo. del articulo 408 del Codigo Sustantivo del Trabajo, en el entendido que la indemnizacion a que tiene derecho el trabajador aforado despedido ilegalmente, segun sentencia judicial, debe ser integral, conforme a lo expresado en las consideraciones de esta providencia.
- NOVENO. Declarar EXEQUIBLE el articulo 467 del Codigo Sustantivo del Trabajo, solamente por los cargos analizados en el numeral 5 de esta sentencia.
- DECIMO. Declarar EXEQUIBLE el articulo 25 del Decreto 2351 de 1965, solamente por los cargos analizados en el numeral 5 de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.