C-163 de 2019
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Jaime Enrique Granados Peña·Demandado Ley 906 De 2004
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relación con el debido proceso
- Garantías mínimas probatorias
- Garantías mínimas
- Aplicación a todo tipo de actuaciones judiciales y administrativas
- Límites constitucionales
- En materia procesal
- Concepto y alcance
- Derechos que comprende
- Requisitos
- Contenido y alcance
- Concepto
- Carácter fundamental
- Derecho de contenido múltiple
- Exequibilidad condicionada
- Concepto de violación
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 314 (parcial) de la Ley 906 de 2004, modificado por el artículo 27 de la Ley 1142 de 2007, por medio de la cual se reforman parcialmente las leyes 906 de 2004, 599 de 2000 y 600 de 2000 y se adoptan medidas para la prevención y represión de la actividad delictiva de especial impacto para la convivencia y seguridad ciudadana.
El actor considera que el aparte normativo acusado vulnera los derechos a la defensa, juicio justo, igualdad y acceso a la administración de justicia, de los cuales se deriva el principio de igualdad de armas.
Aduce, que establecer como único medio de prueba el dictamen de médicos oficiales para demostrar la incompatibilidad de la detención en establecimiento carcelario con el estado de salud del investigado, genera un desequilibrio en perjuicio de la defensa.
Afirma que se limita la capacidad probatoria y que esta restricción, además, es grave pues los peritos oficiales pertenecen al Instituto Nacional de Medicina legal y Ciencias Forenses, el cual está adscrito y, por tanto, subordinado a la Fiscalía General de la Nación.
La Corte considera que la certificación de enfermedad grave del procesado exigida para que el juez decida acerca de la sustitución de medida de detención preventiva en establecimiento carcelario por la del lugar de residencia, puede ser expedida también por médicos particulares.
En consecuencia, declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de la expresión “previo dictamen de médicos oficiales”, en el entendido de que también se pueden presentar peritajes de médicos particulares.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- DECLARAR EXEQUIBLE la expresión "previo dictamen de médicos oficiales", contenida en el artículo 314.4. del Código de Procedimiento Penal, modificado por el artículo 27.4 de la Ley 1142 de 2007, en el entendido de que también se pueden presentar peritajes de médicos particulares.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.