T-812 de 2008
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Luis Jose Martinez Puche·Demandado Ladrillera S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Criterios jurisprudenciales para la procedencia del amparo
- Terminación unilateral con justa causa
- Alcance de la protección constitucional
- Requisitos de procedibilidad
- Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
- Prueba que el despido se debe a la discapacidad
- Aspectos determinantes para reubicación por condiciones de salud
- Terminación unilateral
- Discriminación
- Subreglas jurisprudenciales relacionadas con el alcance de la protección constitucional
- Reiteración de jurisprudencia
- Protección superior
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la estabilidad laboral reforzada de ex trabajador de la empresa accionada quien padece un incapacidad valorada en un 31.06% y a favor de quien fue ordenado el reintegro condicionado a ciertas limitaciones.
Sin embargo, debido a una sustitucion patronal, el actual empleador lo desvinculo sin mediar justa causa la autorizacion del ministerio.<br>alcance de la proteccion constitucional al derecho a la estabilidad laboral reforzada por via de tutela.
Su garanti frente a personas con discapacidad.
Reiteracion jurisprudencial.<br>subreglas para la procedencia de la accion para la garantia de la estabilidad laboral reforzada para trabajadores con incapacidad.<br>la sala verifico que el despido no estuvo enmarcado dentro de las causales justificativas que contempla la ley, pues la razon alega es insuficiente y carente de sustento factico.<br>ahora bien, de acuerdo con las precitadas suberglas, la discriminación debe ser debidamente probada, pero puede presumir si (i) el peticionario es una persona discapacitada o en estado de debilidad manifiesta; (ii) el empleador tiene conocimiento de tal situación; Y, (iii) el despido se lleve a cabo sin permiso del ministerio de la protección social.
Todas esas condiciones se presentaron en el caso sub iudice, debido a ello, se ordeno el reintegro sin solucion de continuidad y con el pago retroactivo de todas sus prestaciones sociales.<br>concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo de primera instancia, proferido por el Juzgado Catorce (14) Civil Municipal de Barranquilla, el veintidós (22) de junio de dos mil siete (2007), y en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la estabilidad laboral y la igualdad del señor Luis José Martínez Puche.
- Segundo. ORDENAR a la Empresa Ladrillera S.A. que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, reintegre sin solución de continuidad y con el pago retroactivo de todas sus prestaciones sociales al señor Luis José Martínez Puche dentro de la planta de personal de la empresa en un cargo igual o similar al que ocupaba antes del despido, y apto para lograr un desempeño laboral adecuado y compatible con su estado actual de salud. Con ese propósito, deberá contar con la asistencia en forma permanente de la Administradora de Riesgos Profesionales del Seguro Social -ARP-.
- Tercero. ADVERTIR al señor Luis José Martínez Puche que de no interponer la acción laboral dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la notificación de esta sentencia cesarán los efectos del reintegro ordenado en el numeral
- primero. de la parte resolutiva de esta providencia.
- Cuarto. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.