Micelio
Sentencia de Tutela15 de octubre de 2021

T-353 de 2021

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Vladimir Ruiz Rodriguez·Demandado Lopez Cia Sas Ingenieria Electrica Loinge

Tema · dato duro
Accion De Tutela Para Reconocimiento De Indemnizacion Por Despido Laboral.Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judicial Y No Acreditar Perjuicio Irremediable
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para El Reconocimiento De Prestaciones Economicas
  • Improcedencia por incumplimiento del presupuesto de subsidiariedad y no acreditarse un perjuicio irremediable
Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente
  • Vulneración alegada cesó por una situación no imputable a las entidades accionadas, que conllevó a la pérdida del interés de la accionante
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El accionante sufrió un accidente de tránsito que dio lugar a incapacidades continuas por más de 18 meses y la accionada lo desvinculó del sistema de salud, cuando aún se encontraba con una incapacidad vigente.

Luego de tener un dictamen de pérdida de capacidad laboral del 28.7% el peticionario presentó la acción de tutela a través de la cual solicitó al juez constitucional impartir la orden de reintegro y el pago de los salarios y prestaciones sociales supuestamente adeudados.

En sede de revisión la Sala conoció que, tras de impugnar el dictamen inicial, al actor lo calificaron con una PCL del 50.24% y que percibe una renta pensional mensual, con lo cual no está interesado en la actualidad en el reintegro, sino en el pago de la liquidación e indemnización de perjuicios.

La Corte decidió declarar la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO por situación sobreviviente respecto a la pretensión precitada y, frente al resto de peticiones declarar IMPROCEDENTE la acción de tutela, por incumplir el requisito de subsidiariedad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR los terminos suspendidos en el proceso de tutela de la referencia mediante Auto del 28 de junio de 2021, proferido por la Sala Primera de Revision.
  2. Segundo. REVOCAR el fallo proferido el 12 de marzo de 2020 en unica instancia por el Juzgado 16 Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bogota, el cual decidio no tutelar los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, seguridad social, minimo vital y debido proceso invocado por Vladimir Ruiz Rodriguez contra Lopez Cia S.A.S. Ingenieria Electrica Loinge. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto respecto a la solicitud de reintegro propuesta inicialmente por el accionante y, en relacion con las demas pretensiones, DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo solicitado por las razones expuestas en esta providencia.
  3. Tercero. A traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.