T-391 de 2020
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Gustavo Chavarro Ramirez·Demandado Colpensiones
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se debió analizar la evidencia del posible perjuicio irremediable, a fin de flexibilizar el requisito de subsidiariedad
- Elementos para que se configure
- Requisitos para obtener reconocimiento y pago
- Reconocimiento y pago mientras justicia ordinaria se pronuncia
- Orden a Colpensiones reconocer pensión de invalidez de manera transitoria hasta que justicia ordinaria resuelva de manera definitiva
- Flexibilidad del juez constitucional al estudiar procedencia de la acción de tutela para reconocimiento de pensión de invalidez
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El actor aduce que Colpensiones vulneró sus derechos fundamentales, al negarle el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez que reclamó luego de haber sido calificado con un 77.57% de pérdida de capacidad laboral a causa de una enfermedad crónica.
Advierte el peticionario que por falta de la mencionada prestación se encuentra en una situación precaria que le impide garantizar su mínimo vital, al menos, hasta que se resuelva la demanda ordinaria que presentó contra esa entidad.
Se analiza temática relacionada con la procedencia de la acción de tutela para solicitar el reconocimiento de la pensión de invalidez y los requisitos legales para acceder a esta prestación.
Se confirma la decisión de instancia que otorgó el AMPARO TRANSITORIO de los derechos fundamentales al mínimo vital y a la seguridad social del accionante; a lo que se suma la protección de su derecho fundamental a la vida digna.
De manera consecuente se ordena a la entidad reconocer la pensión de invalidez pretendida, hasta tanto la justicia ordinaria laboral decida definitivamente la controversia suscitada en torno a dicha prestación económica.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el 25 de septiembre de 2019 por la Sala Civil, Familia, Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, que negó "por improcedente" la acción de tutela presentada por el señor Gustavo Chavarro Ramírez contra Colpensiones.
- SEGUNDO. En consecuencia, CONFIRMAR la decisión emitida el 26 de agosto de 2019 por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Neiva, en tanto otorgó el AMPARO TRANSITORIO de los derechos fundamentales al mínimo vital y a la seguridad social del accionante; a lo que se suma la protección de su derecho fundamental a la vida digna, según lo expuesto por esta Sala.
- TERCERO. ORDENAR a Colpensiones que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la comunicación de esta sentencia, reconozca y pague la pensión de invalidez al señor Gustavo Chavarro Ramírez, hasta tanto la justicia ordinaria laboral decida definitivamente la controversia suscitada en torno a dicha prestación económica.
- CUARTO. LIBRAR las comunicaciones -por Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes -a través del Juez de primera instancia-, previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.