Micelio
Sentencia de Tutela17 de octubre de 2006

T-853 de 2006

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Victor Hugo Palma Rodriguez Vs. Empresa Tovar & Martinez Diseño & Decoracion Ltda

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Trabajador Discapacitado
  • Protección constitucional especial
  • Reintegro o reubicación de trabajador con incapacidad permanente parcial con ocasión de un accidente de trabajo
  • Despido sin justa causa se configura en abuso del derecho
  • Improcedencia del despido sin que medie autorización de la oficina de trabajo
Sistema General De Seguridad Social
  • Normatividad en materia de riesgos profesionales
Accion De Tutela Contra Particulares
  • Condiciones del sujeto pasivo
  • Subordinación e indefensión
3 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al trabajo la seguridad social al minimo vital y a la salud de trabajador que sufrio accidente de trabajo que le produjo una perdida de su capacidad del 38.60% y fue depedido de su empleo encontrándose en incapacidad no siéndole reconocidas por su empleador las incapacidades que le fueon expedidas.solicita se le reconozca su condicion de padre cabeza de familia y se ordene su reintegro asi como el pago de las incapacidades laborales.accion de tutela contra particulares.

Procedencia excepcional de la accion de tutela contra particulares en el evento que el afectado se encuentre en estado de subordinacion e indefension respecto de la entidad que acciona.

Normatividad que regula el sistema general de seguridad social en materia de riesgos profesionales y la cobertura en la prestacion del servicio y pago de las incapacidades al trabajador que sufre un accidente de trabajo.

Estabilidad laboral reforzada de los trabajadores con limitaciones fisicas psiquicas o sensoriales.

Improcedencia de la desvinculacion laboral sin que medie autorizacion de la oficina de trabajo ni justa causa para el despido del trabajador que se encuentra limitado debido a la perdida de capacidad laboral como consecuencia de un accidente de trabajo.en el presente caso no cabe duda que la empresa accionada decidio desvincular al trabajador como resultado del accidente de trabajo y la limitacion que este le ocasiono.concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias de tutela proferidas por los Juzgados Treinta y Tres (33) Civil Municipal y Veintiocho (28) Civil del Circuito de Bogota D.C., dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Victor Hugo Palma Rodriguez contra la Empresa Tovar & Martinez Diseno y Decoracion Ltda., y en su lugar CONCEDER el amparo impetrado en relacion con los derechos fundamentales del tutelante al trabajo, a la seguridad social, al minimo vital y a la salud, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. ORDENAR a la Empresa Tovar & Martinez Diseno y Decoracion Ltda., que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, si aun no lo hubiere hecho, proceda a reintegrar y de ser necesario reubicar al senor Victor Hugo Palma Rodriguez dentro de la planta de personal de la empresa en un cargo apto para lograr su buen desempeno laboral. Con ese proposito, debera contar con la asistencia en forma permanente de la Administradora de Riesgos Profesionales del Seguro Social -ARP-.
  3. Asi mismo, le debera cancelar el equivalente a ciento ochenta dias (180) dias de salario, por el hecho de haberlo despedido sin autorizacion del Ministerio de la Proteccion Social en armonia con lo previsto en la normatividad vigente. Lo anterior, sin perjuicio de las sumas ya reconocidas y de los valores que llegaren a ordenarse por salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones no canceladas, si a ello hubiere lugar.
  4. Tercero. PREVENIR a la Administradora de Riesgos Profesionales del Seguro Social -ARP-, con el fin de que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, emita las recomendaciones que sean del caso y disponga lo conducente para asistir en forma permanente a la Empresa Tovar & Martinez Diseno y Decoracion Ltda. y al trabajador senor Victor Hugo Palma Rodriguez, a efectos de que el reintegro y reubicacion del trabajador, sea adecuado para lograr su buen desempeno laboral.
  5. Cuarto. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.