Micelio
Sentencia de Tutela30 de junio de 2005

T-677 de 2005

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Martin Emilio Bustamante Sánchez Vs. Colceramica S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Particulares
  • Eventos en los que procede
Derecho A La Honra Y Al Buen Nombre
  • Concepto
  • No existió vulneración por tratarse de difusión de información cierta
  • Protección por tutela
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al buen nombre y la honra de extrabajador a quien le fue terminado su contrato laboral por la presunta comision de los delitos de hurto continuado y falsedad en documento privado habiendo sido la empresa condenada al pago de una indemnización por despido injusto.

Solicita se ordene a la empresa la retractación publica de las conductas punibles imputadas y se le de aplicacion al articulo 436 del código penal.

Procedencia excepcional de la accion de tutela frente a particulares.

Los derechos fundamentales al buen nombre y a la honra en el ordenamiento constitucional.

Al actor no le vulneraron sus derechos al buen nombre y a la honra pues la empresa no divulgo el contenido de la carta de terminación unilateral del contrato de trabajo ni utilizo un medio indebido para comunicar su decision.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado Penal Municipal de Girardota, de fecha 24 de enero de 2005.
  2. SEGUNDO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.